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Aprueban medida para quitarle la licencia a quienes disparen desde un vehículo

La medida propone que se retire la licencia de conducir o de navegación por cinco años luego de la pena recibida

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Senado de Puerto Rico (Suministrada)

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Una medida que busca suspender la licencia de conducir o de navegación a las personas que disparen desde un vehículo o una embarcación fue aprobado en la sesión del lunes en el Senado de Puerto Rico.

Se trata del Proyecto de la Cámara 273 que busca enmendar la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020″, con el fin de disponer que se le suspenderá la licencia por un término de cinco años a partir de la extinción de la pena recibida a quien cometa el delito de disparar un arma de fuego desde un vehículo de motor o acuático.

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La medida de la autoría del representante José Enrique “Quiquito” Meléndez del Partido Nuevo Progresista (PNP) fue aprobada con 17 votos a favor y 10 en contra.

“Ciertamente, una persona que de alguna manera participa en evento de disparos desde un vehículo no representa la persona juiciosa y razonable que debemos tener en nuestras vías públicas. La seguridad de la población residente en Puerto Rico es una de las principales prioridades del Gobierno de Puerto Rico y para su mejor consecución, debemos considerar cada aspecto que pueda amenazarla”, lee la medida.

“Toda persona que incurra en el delito establecido en este Artículo, desde un vehículo de motor, ya sea terrestre o acuático, se ordenará la suspensión de la licencia de conducir o la licencia de navegación según aplique por un término de 5 años a partir de la extinción de la pena recibida”, añade.

Senado aprueba medida para incluir a los alguaciles como “Servidores Públicos de Alto Riesgo”

Durante la Sesión Ordinaria, también fue aprobado el Proyecto del Senado 1308 de la autoría del presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, para incluir en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo”, a los alguaciles adscritos al Poder Judicial y disponer que los funcionarios puedan acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado los 55 años y 30 años de servicio.

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“Los alguaciles son funcionarios que ejercen un rol primordial en la seguridad pública del país, sin embargo no son considerados a los efectos de la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo”, lo que limita que estos puedan beneficiarse del retiro de conformidad con la Ley 447 como otros pares que realizan labores riesgosas”, cita la medida en su exposición de motivos.

El informe de la medida sostiene que los alguaciles realizan una diversidad de tareas exponiéndose a múltiples peligros. “Entre sus funciones se destaca diligenciar mandamientos y órdenes del Tribunal; custodiar y transportar confinados; y mantener el orden y seguridad de jueces, empleados y público que se allega hasta los Tribunates”, detalla el informe.

También, fue aprobado el Proyecto del Senado 792 para establecer la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el Control Comprensivo de Diabetes en Puerto Rico. “Esta Asamblea Legislativa tiene el deber ministerial de proveer a las agencias un marco legal que recoja los asuntos de mayor relevancia en el comprensivo de la diabetes, en aras de ofrecerle a la ciudadanía estrategias coordinadas e integradas para minimizar los estragos de esta enfermedad’, reza la medida de la autoría de Dalmau Santiago.

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