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Ética Gubernamental presenta querella contra Héctor Joaquín Sánchez

El exsubsecretario del Departamento de Educación alegadamente buscó beneficiar dos maestros que competían por el premio “Maestro del Año Escolar 2022-2023″.

Exsubsecretario del Departamento de Educación, Héctor Joaquín Sánchez.
Héctor Joaquín Sánchez Exsubsecretario del Departamento de Educación, Héctor Joaquín Sánchez.

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La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) presentó el pasado martes, 23 de enero una querella contra el exsubsecretario del Departamento de Educación (DE), Héctor Joaquín Sánchez, por alegadamente tratar de beneficiar a dos de los 14 maestros seleccionados para competir por el premio “Maestro del Año Escolar 2022-2023″.

En la querella se especifica que el 10 de mayo de 2022, el día que el jurado entrevistó a los educadores en área de Remedio Provisional de la sede de Educación, Jorge Miguel Morales Vázquez— quien aún aparece identificado en el portal del DE como actual “ayudante especial”— le solicitó a cuatro de los seis miembros del jurado reunirse en un sala a parte con el exsubsecretario de Educación. Durante el encuentro, Sánchez les solicitó a los miembros del jurado que presentaran atención a dos de los participantes, “manifestándoles una cierta preocupación con el candidato que pudieran seleccionar y argumentó sobre los criterios de selección”.

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“Los cuatro miembros del jurado entendieron que se les estaba indicando a quién debían seleccionar como finalistas del proceso. Los miembros del jurado acordaron hacer caso omiso a lo ocurrido y continuaron con el proceso bajo las mismas condiciones seguidas durante el curso de la mañana. Los criterios de evaluación ya estaban establecidos y eran aplicados cuando el subsecretario convocó los cuatro miembros del jurado”, reza la querella.

Según explica el documento oficial, al Sánchez convocar a los cuatro miembros del jurado durante el proceso de selección, violó la Ley 1 2012—Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico— específicamente, los incisos “b” y “s” del artículo 4.2.

El inciso “b” establece que un “servidor público no puede utilizar los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por ley. Mientras, el “s” dispone que “un servidor público no puede llevar a cabo una acción que ponga en duda la imparcialidad e integridad de la función gubernamental”.

Como remedio, la OEG está pidiéndole al foro que le imponga al querellado las sanciones decretadas en el artículo 4.7 (c), acción administrativa, que son: ordenar la restitución del dinero recibido, si alguno, tres veces más de su valor, y que la agencia gubernamental efectúe un descuento de la nómina del servidor público hasta que complete el pago de la multa impuesta.

Cabe señalar que Sánchez tiene 20 días para responder la querella. Si no comparece, el proceso continuará sin su participación.

Actualmente, el también excomisionado electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), aspira a una escaño en el Senado por el Distrito de Carolina.

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