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La confidencialidad de las llamadas del 9-1-1

Jurisdicciones estadounidenses dan acceso público a las grabaciones de las llamadas de emergencia.

Emergency and urgency, dialing 911 on smartphone screen. Shallow depth of field.
Datos. Una vez la llamada concluye, pocos funcionarios quedan con acceso a la información. (releon8211/Getty Images/iStockphoto)

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En algunos estados las grabaciones de las llamadas al 9-1-1 son de fácil acceso público, mas en Puerto Rico son documentos confidenciales.

Incluso, en otros estados los medios de comunicación pueden compartir las grabaciones en acontecimientos de alto interés. Sin embargo, en el archipiélago ese no es el caso.

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Esto se debe a que la Junta de Gobierno del Sistema 9-1-1 establece el reglamento sobre el procedimiento del negociado, bajo facultades provistas por la Ley Número 144 en el Artículo 4. Es en este reglamento en el que establecen la confidencialidad de las grabaciones.

El reglamento contiene el Procedimiento NMPA-JGS911-0026 sobre el Manejo, Conservación y Otras Funciones Relacionadas del Sistema de Grabación de Llamadas.

El artículo 5, en la sección J del documento indica que las grabaciones y el registro de estas conversaciones realizadas a través del 9-1-1 son “documentos confidenciales” y no estarán disponible para la inspección pública.

También estipula que dicha medida está dirigida para la “protección del derecho del ciudadano a la intimidad”.

El comisionado del Negociado del Sistema del 9-1-1, Manuel González Azcuy, reiteró en la importancia de mantener la confidencialidad de estas llamadas, a pesar de ser documentos públicos.

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“Estamos conscientes que son documentos públicos, pero tenemos un protocolo que hay que seguir. De las emergencias que ocurren en el país, más del 90 % entran por el 9-1-1. Llaman muchas personas, pero no quieren que sepan su nombre por, quizás, un peligro que puedan tener después o algún tipo de situación. Es importante para nosotros mantenerlos confidenciales todos”, estableció.

Se alega que el riesgo consiste en que si se revelan los detalles de los ciudadanos que llaman, luego pueden estar en peligro.

“Imagínate que un vecino esté escuchando unos gritos o dándose cuenta que en la casa de al lado están golpeando u ocurriendo un sistema de violencia de género. Llama al 9-1-1 y lo denuncia. Nosotros tenemos el teléfono, tenemos todo de ellos, imagínate que eso sea público y el vecino de al lado sepa que su vecino fue quién lo dijo. Eso le puede causar un problema, es peligroso. Es por seguridad”, ejemplificó.

Otra razón por la cual protegen estos archivos es que la mayoría de estas llamadas están relacionadas a incidentes médicos. Estos casos se refieren al Negociado de Emergencias Médicas.

El exdirector del Manejo de Emergencias Médicas Estatales, Heriberto Saurí, subrayó que todo asunto médico está cubierto por Ley HIPAA.

“En esas llamadas se recoge el dato de la localización, de la persona y el dato de la condición médica que podría estar pasando a consecuencia del incidente. En algunos casos se dan instrucciones médicas y cabe señalar que en esas llamadas hay un tercero que es la agencia a la que se refiere la llamada”, informó.

El proceso para obtener las transcripciones de las llamadas

No obstante, estos archivos pueden ser solicitados y entregados “solamente a través de un trámite de una subpoena firmada por un fiscal o una orden judicial tramitada a través de un tribunal”. Así como lo estipula su reglamento, las grabaciones se suministran por medio de este requerimiento de información.

Cuando se tratan de casos de alto interés público, el proceso se mantiene igual. Es decir, si un medio de comunicación desea obtener estas grabaciones debe mostrar que estos archivos deben ser de conocimiento general.

“Si cualquier persona o medio [de comunicación] le muestra a fiscalía o a los jueces que alguna grabación es de interés público o necesario. Nosotros los entregamos sin ningún problema”, añadió el comisionado, González Azcuy.

Por otro lado, el negociado puede detallar –sin la necesidad de una subpoena– información sobre tiempos de respuestas, llegadas de ambulancias o patrullas. Nada que comprometa la identidad de las personas.

Una vez esa llamada culmina, el caso se cierra y se archiva. Luego, solo los directores de tecnología, del centro de llamadas o el individuo a cargo de las grabaciones tienen acceso al sistema. “Una vez las grabaciones entran al archivo, ni los telecomunicadores tienen acceso a ellas”, indicó.

No obstante, Saurí cree que, si en algún momento se legisla para que estas transcripciones sean de acceso público, la comunidad puertorriqueña puede aprender de pasadas experiencias.

“La información bien utilizada podría servir de orientación hacia el público y, quizás, podría crear conciencia. Desarrollar otras medidas de seguridad. La información bien canalizada podría abonar”, argumentó.

Aunque reiteró en la importancia de que no se “afecten las personas que llamen” o las diferentes agencias que apoyan en los momentos de emergencia, entiéndase los servidores públicos.

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