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Tribunal de Apelaciones revoca resolución del DRNA contra desarrollador de construcción en Aguadilla

Se trata de la construcción que se encuentra en la zona de la Cueva Las Golondrinas en Aguadilla

El tribunal ordenó la demolición de la estructura.
Aguadilla Pier El tribunal ordenó la demolición de la estructura.

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Un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones revocó la resolución emitida por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) contra la empresa Aguadilla Pier Corp., por la construcción de estructuras sobre la Cueva Las Golondrinas.

El apelativo determinó que el DRNA perdió jurisdicción sobre el asunto luego de que el Municipio de Aguadilla presentara una demanda contra la empresa por la construcción de la propiedad.

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“Las alegaciones de la demanda de injunction y la sentencia de TPI están basadas en los mismos hechos que la querella presentada ante el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Por esa razón, es más que evidente que la presentación de la demanda de injunction privó automáticamente de jurisdicción a esa agencia para continuar atendiendo la querella. Toda actuación del DRNA posterior al 7 de septiembre de 2022, es ultra vires y por ende nula. Luego de esa fecha, la agencia estaba obligada a desestimar la querella porque perdió la autoridad legal para atenderla”, lee el documento del tribunal apelativo.

Del mismo modo, el panel de jueces señaló que el DRNA nunca realizó una vista para conocer y refutar los hechos que se estaban alegando en la querella.

“El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales privó a la recurrente de su derecho al debido proceso de ley, porque no realizó una vista administrativa en la que pudiera conocer la prueba en su contra y refutarla y le privó de presentar evidencia a su favor. La decisión de la agencia tampoco cumple con el requisito de adjudicación imparcial basada en el expediente, porque el interés público nunca presentó evidencia para sostener sus alegaciones”, añade la resolución del tribunal.

Además, el panel de jueces señaló que la agencia se limitó a no acoger el Informe del Oficial Examinador y ordenó a la empresa a presentar el Plan de Restauración advirtiendo sobre multa de 1,000 diarios si no se cumplía con la misma. Según el tribunal: “La resolución recurrida no cumple con la ley porque no tiene determinaciones de hecho ni conclusiones de derecho”.

Debido a los errores que el tribunal concluyó cometió la agencia gubernamental se revocó la resolución emitida por el DRNA.

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Ante esto la secretaria del DRNA, Anaís Rodríguez Vega, esta semana emitió unas declaraciones donde indicó que la agencia estará evaluando la determinación para llevar a cabo posibles acciones en el futuro.

“Aun cuando respetamos la decisión del tribunal, nos encontramos evaluando con detenimiento la determinación. Posteriormente, tomaremos una decisión informada sobre los pasos a seguir, incluida la posibilidad de una apelación, siempre en consonancia con nuestro mandato de salvaguardar los recursos naturales y el bienestar ambiental de Puerto Rico”, leen las declaraciones de la titular del DRNA.

Por su parte, la empresa Aguadilla Pier Corp. catalogó como “arbitrarias” las determinaciones tomadas por el DRNA.

“La resolución administrativa emitida por la secretaria Rodríguez pasó por encima de la determinación de su propio oficial examinador con respecto al caso de restauración del área donde estaba ubicado el gazebo en Aguadilla”, indicó la empresa en declaraciones escritas.

“El fallo emitido por el Tribunal Apelativo valida el compromiso y la buena fe de la empresa Aguadilla Pier en su labor de restauración del área en cuestión. Asimismo, esta decisión refleja la importancia de seguir los procedimientos y evaluar adecuadamente cada caso por parte de las agencias concernidas antes de tomar decisiones que puedan afectar a las empresas y sus actividades”, añade.

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