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Panel sobre el FEI determina no existe quantum de prueba para proceder contra el alcalde de Cayey

Tras las denuncias de Eliezer Molina

El alcalde de Cayey, Rolando Ortiz Velázquez. San Juan. Metro PR foto Dennis A. Jones 9 de diciembre de 2022

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El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) concurrió el miércoles, con la determinación del Departamento de Justicia de que no existe prueba para sostener que Rolando Ortiz Velázquez, alcalde del Municipio de Cayey, hubiera incurrido en conducta delictiva en la compra de bienes inmuebles en esa ciudad.

Las alegaciones de Eliezer Molina estaban basadas en que las actuaciones del alcalde relacionadas con la compra de propiedades inmuebles, habían sido previamente adquiridas por el municipio mediante declaración de estorbo público.

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En cambio, la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor del Departamento de Justicia (DIPAC) determinó que, no existe evidencia alguna que vincule la compra que hizo Ortiz Velázquez, como la Sociedad de Bienes Gananciales o MCBRIDGE, una corporación de la que es dueño, con las mejoras y el Plan Estratégico de Cayey conocida por el Ejecutivo en el desempeño de sus funciones.

Fue el propio alcalde que, el 8 de diciembre de 2022, le solicitó al Secretario de Justicia, honorable Emanuelli Hernández, que se investigaran las denuncias de Molina.

Referido el asunto a la DIPAC, la pesquisa cubrió entrevistas, la investigación de los procedimientos de adquisición de los inmuebles y análisis de expresiones ante la prensa. También, se investigaron las denuncias afines de Luis Omar Bruno Collazo, quien alegaba un patrón de mejoras con fondos municipales, a propiedades cercanas a las que había adquirido el alcalde.

La DIPAC entrevistó a Ortiz Velázquez quien produjo todos los documentos que le fueron requeridos. Justicia ya había requerido documentación al Registro de la Propiedad, a una institución financiera, así como a la AEE y AAA. La información provista por el alcalde se corroboró con la obtenida de las diferentes dependencias gubernamentales.

Inforrnación en poder del municipio constató que el alcalde ni sus familiares o corporación alguna relacionada con ellos, han adquirido propiedades declaradas como estorbo público.

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La DIPAC concluyó que no existe causa suficiente para creer que Ortiz Velázquez haya incurrido en conducta delictiva por los hechos mencionados.

Luego de una consideración, el Panel acogió la recomendación del Secretario de Justicia de no asignar un FEI y ordenó el archivo del asunto.

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