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Senado avala enmiendas a la Ley del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores

El Proyecto del Senado 1013 contó con 18 votos a favor.

Hemiciclo del Senado
Hemiciclo del Senado (KENNETH ORTIZ)

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Durante trabajos legislativos, el Senado aprobó el Proyecto del Senado 1013, de la autoría de la vicepresidenta del Senado, Marially González Huertas, con el objetivo de ampliar la definición de Ofensor Sexual Tipo 1 para incluir el delito de actos lascivos cuando sea cometido contra personas que han alcanzado la mayoría de edad. Además, esta enmienda también abarca a personas con impedimentos físicos, mentales y/o sensoriales como parte de la definición de Ofensor Sexual Tipo II.

“Esta conducta punible realizada contra la integridad física y moral de cualquier ser humano, estuvo en un momento dado comprendida dentro de los delitos obligados a registrarse en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores. Sin embargo, luego de varias enmiendas y en el esfuerzo de atemperar nuestro registro al establecido en la Ley Adam Walsh Child Protection and Safety Act of 2006, por error o inadvertencia, se dejó fuera de toda clasificación cuando se comete contra personas que han alcanzado la mayoridad”, lee la medida en la exposición de motivos.

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Asimismo, detalla que “en el deber continuo de revisar nuestras leyes, esta Asamblea Legislativa enmienda el Artículo 2 de la Ley 266, supra, a los fines de añadir entre las clasificaciones de Ofensor Sexual I y Ofensor Sexual II, el delito de actos lascivos cuando sea cometido contra cualquier persona que haya alcanzado la mayoridad y contra personas con impedimentos físicos o mentales”.

En el ámbito de la salud, se aprobó el Proyecto del Senado 1082, presentado por el senador Juan Zaragoza Gómez, el cual enmienda la “Ley de Incentivos para la Retención y Retorno de Profesionales Médicos”. Esta medida busca fomentar la participación de profesionales de la salud en la educación de nuevos talentos salubristas en Puerto Rico, especialmente en hospitales de enseñanza y escuelas de medicina, mediante la ampliación de las alternativas remuneradas para cumplir con los requisitos de servicios comunitarios anuales.

Según expone la medida “un incentivo lógico y cónsono con el espíritu de lo que hoy disponen ambos estatutos señalados [la Ley 14, supra, y la Ley 60, supra,] es que al igual que se hace con los servicios prestados al Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico o al sistema de salud de la Administración de Veteranos en Puerto Rico, se convaliden aquellas horas trabajadas en hospitales de enseñanza y escuelas de medicina en la educación de estudiantes de medicina, a los profesionales de la salud, para cumplir con el requisito de horas anuales de servicios comunitarios requeridas bajo el programa de incentivos aplicable… El permitir este mecanismo crea un incentivo adicional para retener a esta facultad de especialista y subespecialista en los diferentes Centros Médicos Académicos alrededor del país”.

Otro tema abordado en la jornada legislativa es la atención a las personas adultas mayores. El Senado aprobó el Proyecto del Senado 1085, presentado por los senadores Javier Aponte Dalmau y Ramon Ruiz Nieves, el cual propone enmendar la Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores. Esta enmienda busca ampliar la responsabilidad que se impone a los familiares, tutores legales o personas responsables por el abandono de personas adultas mayores en instituciones médico-hospitalarias.

“Puerto Rico ha mostrado un marcado incremento en la cantidad de personas adultas mayores que son abandonadas por sus familiares en instituciones médico-hospitalarias luego de haber recibido el alta médica. De conformidad con las estadísticas suministradas por el Departamento de la Familia, al 10 de agosto de 2022 se habían registrado 709 reclamaciones por parte de instituciones médico-hospitalarias públicas y privadas en Puerto Rico. Esto representa un dramático aumento de la cifra registrada entre los años 2017 y 2018 de 285 casos”, establece la medida.

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Por tanto, el proyecto propone “la creación del protocolo correspondiente para el manejo de estos casos y para poder identificar al familiar responsable por el traslado de la persona adulta mayor una vez ha recibido el alta médica de la institución médico-hospitalaria. De igual manera, se incorporan en la ley diversas enmiendas para incluir el abandono como una modalidad análoga al maltrato físico o emocional y se utiliza como a modo de referencia la definición de “abandono” provista en el Código Penal de Puerto Rico”.

Además, se asignaron $300,000 al Departamento de Salud para sufragar los gastos relacionados con la implementación de la Ley 105-2020, que garantiza el derecho al cuidado prenatal, parto y postparto para embarazadas médicamente indigentes en Puerto Rico. Esta asignación se realizó mediante la Resolución Conjunta del Senado 421, presentada por el presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago.

Finalmente, el Senado aprobó enmiendas a la “Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor” con el propósito de definir de manera uniforme lo que constituye un accidente de tránsito.

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