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Gobernador veta enmiendas al Código Electoral

El PPD expresó su rechazo a la determinación por parte del gobernador

Foto por: Dennis Jones
Pedro Pierluisi Archivo/Metro Puerto Rico. Foto: Dennis A. Jones (Dennis A.)

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El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, vetó las enmiendas al Código Electoral que fueron aprobadas a principios del mes de julio por la legislatura.

Pierluisi determinó no firmar los proyectos de la Cámara 4 y 114 y el proyecto del Senado 909 con el fin de realizar cambios al Código Electoral del 2020.

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Ante esto, el presidente del Partido Popular Democrático (PPD), Jesús Manuel Ortiz, manifestó su repudio a la determinación por parte del gobernador y presidente del Partido Nuevo Progresista (PNP).

“Al no firmar las enmiendas, hoy el gobernador, le dio la espalda a la mayoría del país que, representado en la Legislatura, en coalición votó a favor de las enmiendas que están bajo su evaluación.  Estas enmiendas sustanciales, buscaban garantizar un proceso electoral justo e incuestionable. Más aún, demuestra que el Gobernador nunca estuvo dispuesto a realizarle enmiendas al Código vigente, ya que nunca tendió puentes de comunicación con nosotros para aclarar sus dudas o encontrar puntos convergentes”, expresó el presidente de la pava.

Ortiz González acusó al gobernador de ser el único responsable de que las personas entre 75 y 80 años no puedan solicitar voto adelantado.

“Con este veto antidemocrático, el único responsable de que los votantes mayores de 75 años pero menores de 80 no puedan solicitar voto adelantado es el propio Gobernador, como ya hemos establecido en un sinnúmero de veces, el estatuto vigente establece que solo las personas de 80 años o más pueden solicitarlo.  Le pido al Gobernador que deje de hacer política con este tema y asuma su responsabilidad.  No puede seguir adjudicándole al PPD una culpa que solo le corresponde a él y a su partido”, expresó.

El representante Popular señaló que desde el 2012, “el PNP se ha destacado por aprobar leyes nuevas que tratan asuntos electorales, con poco tiempo de las elecciones”.

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“Bajo Fortuño en el 2011 se aprobó la Ley 78 del 1 de junio.  Esta Ley se aprobó a un mes de dar comienzo al ciclo electoral y a un año y medio de las elecciones generales.  Mientras que, bajo Wanda Vázquez se aprobó la Ley 58 del 20 de junio, a cuatro meses de las elecciones generales del 2020. Este es el modus operandi del PNP, aprobar leyes electorales a último momento para aplicarlas como ellos entiendan y causar las debacles en las elecciones generales”, señaló.

Cambios que proponían en las enmiendas

Entre los cambios está:

Sobre la Comisión Estatal de Elecciones:

Se establece que el Partido que elija el gobernador sugerirá a los demás comisionados electorales, quien presidirá la CEE durante ese cuatrienio. El mismo tendrá que ser confirmado por los comisionados electorales por unanimidad.

De igual manera, el Presidente(a) Alterno (a) será propuesto por el comisionado cuyo candidato a la gobernación obtuvo el segundo lugar en la anterior Elección General. El mismo será confirmado con el voto mayoritario de los comisionados(as) electorales. A su vez, el (la) Presidente(a) Alterno (a) a su vez, será quien dirija la Junta Administrativa del Voto Ausente y Adelantado (JAVAA)

Se tomaron previsiones en caso de que una vacante en la presidencia de la CEE obligue al Presidente Alterno a ocupar la misma.

Se elimina el concepto de “partidos propietarios” y se reinstalan las definiciones que se tuvieron por décadas (Partido principal, Partido de mayoría y Partido político).

Todos los partidos políticos que logren retener su franquicia en una elección general participarán en igualdad de condiciones (con los demás partidos políticos) en áreas electorales, sin hacer la distinción de “partidos propietarios”.

Sobre el Voto Adelantado:

Se devuelven las categorías de voto ausente en donde el elector tenga que justificar su ausencia de PR.

Permite el voto por correo a personas de 80 años o más.

Establece un “early vote” para que ciertas categorías de votantes puedan votar hasta dos domingos antes del día de una elección general.

La radicación de las solicitudes de voto adelantado comenzará en enero del año electoral.

Sobre la intención del Elector:

Se modifican definiciones para garantizar la intención del elector a la hora de adjudicar su voto (marca en las papeletas).

Se modifica la definición de voto mixto a lo establecido en el 2012.

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