Luego de que se desestimara la demanda radicada en conjunto por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) esta colectividad aseguró que en los próximos días se estarán reuniendo con su equipo legal para conocer las acciones que deben tomar para buscar que se les permitan las candidaturas coaligadas en las próximas elecciones.
“Las alianzas y las candidaturas coaligadas son derechos de la ciudadanía, no de un partido u otro, sino de las personas en una democracia que deciden con su voto si las apoyan o no. Tanto la Asamblea Legislativa como la Judicatura han evitado entrar en los méritos de nuestro reclamo. No nos sorprende, pues si lo hicieran, la conclusión sería inevitable.Desestimar el pleito argumentando que se trata de una “cuestión política” es darle carta blanca al bipartidismo corrupto para utilizar su control de la Asamblea Legislativa y proteger sus intereses, incluso si eso implica violar derechos constitucionales”, fueron parte de las expresiones.
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“Nuestro equipo legal se reunirá en los próximos días y nos recomendará qué curso seguir. No tenemos dudas de que debemos derrotar al bipartidismo corrupto en la calle, en los tribunales y en las urnas, incluso si eso significa jugar con sus propias reglas”, añade.
La demanda presentada en conjunto por ambas colectividades fue desestimada en el Tribunal de San Juan por entender que se trata de un asunto “político” que se debe decidir en la Asamblea Legislativa. El recurso presentado por ambos movimientos políticos fue desestimado debido a que según el juez Raúl A. Candelario López “la acción presentada versa sobre una cuestión política”.
“En este caso, la Constitución de Puerto Rico es clara en cuanto a la reglamentación electoral. En su Art. VI, Sec. 4, la Constitución de Puerto Rico le delega textualmente a la Asamblea Legislativa “todo concerniente al proceso electoral {...} así como lo relativo a los partidos políticos y candidaturas” Conforme a tal delegación, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 58-2020 la cual adoptó el referido Código Electoral de 2020, que mantuvo la anterior prohibición de candidaturas coaligadas, originalmente establecida en el anterior Código electoral del 2011″, lee el documento.
“Se desestima la demanda que presentó el Movimiento Victoria Ciudadana, el partido Independentista Puertorriqueño, Manuel Natal Albelo, Juan Dalmau Ramírez, Lilian Aponte Dones, comisionada electoral del Movimiento Victoria Ciudadana, y Roberto Aponte Berríos, comisionado electoral del Partido Independentista Puertorriqueño, sin que ello acaree la especial imposición de costas, gastos u honorarios de abogado”, concluye el documento con fecha del 16 de junio del 2023.
La decisión fue tomada en el tribunal sin celebrar vistas sobre el asunto.
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La demanda fue presentada el pasado mes de mayo buscando retar dos artículos de la Ley Electoral vigente que prohíben la coaligación de candidaturas políticas y alianzas electorales.
Según alegaron los representantes legales de ambos colectivos en conferencia de prensa desde el Colegio de Abogados de Puerto Rico, la prohibición limita la capacidad de los partidos políticos de formar coaliciones y de representar candidaturas que representen una amplia variedad de puntos de vista.
Por su parte, el Partido Nuevo Progresista (PNP) señaló que el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) pretenden tener una “ventaja indebida” con la radicación de la demanda.