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La mayoría de las querellas por violencia de género contra policías no se radican, según investigación cameral

65 por ciento de los casos que ocurrieron desde el 1 de enero de 2017 hasta el 2 de noviembre de 2022 fueron consultados y no radicados

cortesía.
La mayoría de las querellas por violencia de género contra policías no se radican, según investigación cameral (Archivo)

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La mayoría de las querellas por violencia de género que envuelven agentes del Negociado de la Policía de Puerto Rico (NPPR) no se radican, según un informe preparado por la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes, que realizó una investigación sobre los protocolos establecidos.

La representante, Jocelyne Rodríguez Negrón, mencionó que entre los principales hallazgos del informe se encuentra que el 65 por ciento de los casos que ocurrieron desde el 1 de enero de 2017 hasta el 2 de noviembre de 2022 fueron consultados y no radicados, según datos brindados por el Departamento de Justicia. Este porcentaje representa 242 casos no radicados de un total de 372.

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Cuando evaluamos detenidamente estas estadísticas, es alarmante observar la repetición de nombres de miembros de la uniformada, con distintos números de querella y fecha, donde la disposición final es consultada y no radicada”, dijo Rodríguez Negrón en declaraciones escritas.

Institucionalmente, el fracaso es obvio: la Policía no cumple con los protocolos establecidos para el manejo de violencia doméstica en casos que involucran a agentes de su propio cuerpo y, cuando cumple con ellos, resultan ser totalmente inefectivos”, añadió.

Durante las vistas públicas celebradas para atender la Resolución de la Cámara 659, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) señaló que los datos que alimentan sus estadísticas son provistos por el Negociado. En lo que respecta a las querellas de violencia doméstica contra miembros de la Uniformada, durante el periodo del 1 de enero de 2017 al 24 de octubre de 2022 recibieron 422 querellas.

Por su parte, el Departamento de Seguridad Pública (DSP) informó durante la celebración de vistas públicas que se encuentra en el proceso de cumplir con la Ley 83-2020, cuyo fin es que el comisionado del Negociado de la Policía establezca una Unidad de Crímenes Contra la Mujer y Violencia Doméstica, la cual consolidará la investigación de delitos perpetrados contra mujeres.

Entre las recomendaciones de la Comisión, se propone legislar para establecer un nuevo procedimiento en el que las querellas de violencia de género que involucren miembros de la Uniformada sean manejadas e investigadas por la OPM.

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Asimismo, la creación de una Unidad de Fiscales especializados en crímenes perpetrados por agentes del orden público, los cuales trabajarán en destaque con la OPM.

La comisión sugirió que sea la OPM quien administre dicha unidad con asignaciones presupuestarias del Departamento de Justicia y el Negociado.

Por otro lado, la directora de la División de Violencia de Género de la Policía, Aymee M. Alvarado expresó: “Aunque respetamos, no estamos de acuerdo con la conclusión generada por la comisión de la Cámara de Representantes. Este es un tema complejo, para el que no existe una fórmula única ni una constante, por lo que amerita un análisis más amplio. No todos los incidentes de violencia doméstica reúnen los elementos para que el Departamento de Justicia pueda radicar un caso. Bajo la actual administración, el tema de la violencia doméstica se atiende como una prioridad y los procesos de querellas administrativas se manejan con el más alto rigor y transparencia. Incluso, contrario a otros organismos, estos procesos dentro de la Policía son monitoreados por el gobierno federal”.

“Los casos de violencia doméstica en la Policía son consultados con la fiscalía del Departamento de Justicia y se activan dos procesos simultáneos. El primero, consta de una investigación criminal por parte de la división de Violencia Doméstica en consulta con el Departamento de Justicia y el segundo, mediante una investigación administrativa a cargo de la Superintendencia de Responsabilidad Profesional del NPPR. De igual modo, se efectúan evaluaciones psicológicas para determinar si el agente está hábil para continuar sus funciones. Como una capa adicional, la Reforma federal de la Policía evalúa y monitorea estos procesos. La determinación de la radicación de cargos está a cargo de la Fiscalía y es un Juez quien concluye si hay o no causa para procesar al imputado, por lo que la Policía no tiene control alguno sobre la radicación de caso de índole criminal. En el foro administrativo, se activa un proceso más riguroso aun, que en el judicial y está fiscalizado por el gobierno federal. Cuando un caso no prospera no es porque la Policía no cumplió con los procesos, sino por la falta de evidencia , falta de testigos o elementos legales para proceder contra el empleado, tal como ocurre en la mayoría de los casos de violencia doméstica contra ciudadanos particulares”, añadió Alvarado.

Asimismo, la directora de la División de Violencia de Género de la Policía señaló que “en la Policía, se trabajan los casos con un enfoque centrado en la víctima y actuando con mayor rigor cuando está implicado un miembro de la Policía. Sin embrago, un policía es un empleado público con los mismos derechos constitucionales al debido proceso de ley que le asisten a un maestro, un celador o cualquier otro. Por lo tanto, la ley no nos permite proceder de manera distinta contra un policía. En todo organismo y en todo proceso se debe aspirar a ser el mejor, por lo que nuestra política se enfoca en continuar adoptando más y mejores protocolos porque reconocemos que, como policías, debemos proceder y actuar bajo el más alto estándar”.

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