La Oficina del Contralor Electoral (OCE), presentó hoy ante la legislatura propuestas de enmienda a la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas (Ley 222-2011). Las referidas enmiendas buscan atacar el efecto adverso que tiene el inversionismo político y sus consecuencias en la transparencia de las elecciones y la ética de la administración pública.
“La OCE ha identificado instancias en que la Ley 222-2011 deja flancos abiertos que obran contra la transparencia y legitimidad que requiere el financiamiento de campañas electorales y que permiten la entrada de actos de corrupción. Algunas de las enmiendas que estamos presentando en el día de hoy ya habían sido radicadas ante la Legislatura y nos encontramos optimistas en que va a existir la voluntad y el interés de evaluar las mismas en beneficio del pueblo de Puerto Rico”, expresó el Contralor Electoral, Walter Vélez Martínez.
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Entre las enmiendas incluidas en el anteproyecto se encuentra limitar la cantidad anual de donativos en efectivo, giros, cheques bancarios, cheques de gerente o de viajero que un comité podrá recibir de un donante a $250.00; regular los donativos de contratistas gubernamentales; requerir que los Pacs y Super Pacs que hacen gastos en Puerto Rico se registren ante la OCE y rindan informes independientemente de su jurisdicción de origen; requerir que los informes de ingresos y gastos se presenten cada dos meses y en el año que se celebren elecciones generales, mensualmente; aumentar los términos prescriptivos de los delitos electorales de 5 a 7 años; establecer que en el caso de los aspirantes y candidatos a gobernador el total de donativos anónimos que podrá recaudar no podrá exceder de $300,000 anuales.
Además, se incluyen enmiendas para proveer acceso directo a la OCE a las cuentas bancarias de los comités políticos, a fin de ver las transacciones en tiempo real; facultar a la OCE a emitir órdenes de embargo, retención y descuento para obtener el pago de multas; requerir que se mantengan récords con la identidad de los recaudadores y relacionando cada donativo a su recaudador y tipificar como delito el brindar información falsa a la OCE y al comité de finanzas de los comités políticos, entre otras enmiendas.
“Resulta medular que las reglas o controles se apliquen en la práctica. Controles, que estén respaldados por sanciones creíbles y por autoridades dotadas de la autonomía necesaria y de los recursos legales, financieros y humanos para hacerlos valer. Sin embargo, garantizar la integridad de los procesos no depende solamente de las legislaciones sobre la fiscalización del financiamiento político. La limpieza y transparencia en el financiamiento de las campañas electorales no se podrá lograr por completo hasta que se diseñen procedimientos efectivos que garanticen, lo mejor posible, que las personas que aspiran a posiciones electivas sean de reconocida probidad moral”, concluyó Vélez Martínez