La jueza superior del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Valerie Concepción Cintrón, ordenó al licenciado Manuel J, Fernós López-Cepero, expresidente de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, a proveer en un término de 48 horas, los nombres de usuario y contraseñas, así como la información necesaria acceder al celular que le había sido asignado por su patrono.
La Universidad Interamericana de Puerto Rico (UIPR) había entablado una demanda el pasado 8 de agosto de 2022, para poder tener los accesos al celular, así como a la nube o “iCloud” donde se guarda copia de resguardo (backup) de la información que contenía el teléfono celular propiedad de la UIPR y la data que contiene la cuenta asociada a dicho teléfono celular.
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El teléfono y los accesos fueron solicitados por la institución universitaria como parte de una investigación que aún no ha concluido relacionada con el exdirector ejecutivo de su oficina, el licenciado Dominique A. Gilormini De Gracia. En dicha comunicación, la UIPR requirió a Fernós que preservara, entre otras cosas, todos los equipos electrónicos de las personas con conocimiento de los hechos que dan base a la investigación.
“El teléfono celular fue entregado al Lcdo. Fernós para que lo utilizara en el desempeño de sus funciones no-docentes como Presidente. Sobre éste, la UIPR retuvo el derecho y la facultad de acceder e inspeccionar su contenido. Debido a ello, el Lcdo. Fernós no tiene ningún derecho de propiedad o de intimidad sobre el contenido del teléfono o de la nube o “iCloud” donde se almacena el resguardo (“backup”) del teléfono propiedad de la UIPR”, lee la sentencia.
“Si el Lcdo. Fernós optó por guardar o transmitir información personal en el equipo (teléfono y/o nube) que es propiedad de la UIPR, lo hizo sabiendo que, en cuanto a dicho equipo (teléfono y/o nube), el Demandado no tiene expectativa de intimidad, ni al resguardo (backup) del mismo que esté en la nube o “iCloud” “, añadió.
En la demanda contra Fernós y Gilormini de Gracia la institución alega el incumplimiento de sus contratos como presidente de la institución y director ejecutivo, respectivamente y negligencia crasa en el cumplimento de sus deberes con relación a un contrato otorgado por Fernós y Gilormini, sin el conocimiento de la Junta de Síndicos, a la empresa MAP Strategies por el monto de $1.4 millones para crear un sistema de rastreo de la pandemia de Covid 19.