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Radican medida para establecer crédito contributivo a quienes sufrieron pérdidas en sus inversiones en bonos

Cerca de 60 mil puertorriqueños se beneficiarían con la aprobación de la medida

.Representante Angel Morey.
Representante Angel Morey. Representante Angel Morey. (Suministrada)

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El representante Angel Morey Noble radicó el Proyecto de la Cámara 1582 que busca establecer un crédito contributivo a todo aquel individuo residente de Puerto Rico que haya sufrido pérdidas en sus inversiones en bonos y fondos cerrados domiciliados en Puerto Rico.

“Hemos radicado esta medida con el fin primordial de brindarle un alivio económico a cerca de 60 mil puertorriqueños que confiaron todos sus ahorros y posiblemente el dinero de su retiro para invertirlo en los bonos de obligación general de Puerto Rico apostando a la seguridad que representaban estas inversiones”, señaló Morey Noble, quien representa al Distrito 6 (Guaynabo, Cataño y Bayamón) .

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La legislación, aunque no estaría devolviéndole todo el dinero invertido a los inversionistas puertorriqueños, ayudaría en gran medida a remediar parcialmente el daño causado. “Entendemos que debemos proveer un alivio al bolsillo de todos los ciudadanos que, de buena fe, pensaron que hacían una inversión segura y entregaron todo su dinero contando con ello para su futuro y que hoy se encuentran en la incertidumbre de que pasará y como sufragarán sus gastos futuros”, argumentó el representante.

Una vez determinado el crédito contributivo, se podría reclamar hasta un máximo de 20% anual de dicho crédito total y durante un periodo de cinco (5) años desde la fecha de determinación del crédito. El crédito contributivo se asignará de la siguiente manera, considerando el total neto de pérdida:

Pérdida total neta de:                                    Crédito máximo recobrable:

$50,000 o menos                                           100% de la pérdida total neta

$50,001 a $100,000                                       90% de la pérdida total neta

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$100,001 a $200,000                                     80% de la pérdida total neta

$200,001 a $300,000                                     60% de la pérdida total neta

$300,001 a $400,000                                     50% de la pérdida total neta

$400,001 a $500,000                                     40% de la pérdida total neta

$500,001 a $1,000,000                                  20% de la pérdida total neta

El legislador explicó que “el crédito será reclamado para pérdidas registradas para los años contributivos comenzados después del 1 de julio de 2013, pero antes del 1 de enero de 2017 y será computado utilizando el total neto de pérdida del contribuyente resultante de sus instrumentos de inversión de valores domiciliados en Puerto Rico garantizados o no garantizados por la Constitución de Puerto Rico. Por otro lado, el total neto de pérdida se definirá cómo toda aquella pérdida neta vencida que no haya podido utilizar contra ganancia de otros instrumentos financieros durante ese año fiscal y por los próximos siete (7) años contributivos”.

La medida cuenta con el aval del presidente de la Cámara, Rafael Hernández Montañez y de toda la delegación novoprogresista. Se espera que la pieza legislativa sea discutida durante vistas públicas dentro del paquete de medidas contributivas.

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