El exgobernador Aníbal Acevedo Vilá y los profesiones de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Jorge M. Farinacci Fernós y Julio E. Fontanet Maldonado apuntaron que es necesario enmendar la Constitución de Puerto Rico si que pretende añadir una segunda vuelta en las elecciones y garantizar que sea electo aquel candidato que obtenga más del 50 por ciento de los votos emitidos.
La discusión se llevó a cabo en una vista pública llevada a cabo hoy en la Comisión de Derecho Constitucional de la Cámara de Representantes.
PUBLICIDAD
Actualmente, las elecciones en la isla operan bajo el modelo de pluralidad o mayoría simple, establecido en el Artículo VI, sección 4 de la Constitución, donde los cargos de elección popular se otorgan a la persona que más votos saque en una determinada elección.
“Si no modificamos esta norma pronto, cada día está más cerca el momento en el cual tendremos un gobernador electo con menos del 30 por ciento del apoyo del electorado. Eso hará más profunda la crisis de gobernanza que ya vivimos y va a deslegitimar el poder del gobernador para ejercer su mandato”, argumentó Acevedo Vilá durante la vista presidida por el representante José “Conny” Varela.
Acevedo Vilá aseguró que el modelo de mayoría simple funcionó en Puerto Rico hasta el 2016, pues la isla operaba bajo un sistema de un partido dominante o bipartita. “En 1968 comienza una era de verdadero bipartidismo, que duró, aparentemente, hasta el 2020″, indicó.
El exgobernante explicó que en el 2012 votaron por Alejandro García Padilla, 896,060 personas, mientras que en el 2020 votaron por Pedro Pierluisi 427,016 electores.
“La diferencia en votos entre ambos ganadores fue de 469,016, una reducción de 52 por ciento del electorado en solo ocho años”.
PUBLICIDAD
“Nuestra crisis democrática es evidente: una baja dramática en la participación electoral con una reducción dramática en el apoyo que necesita un candidato para ganar. Encima de esto, nuestro sistema constitucional de mayoría simple para gobernar está diseñado y funciona en un modelo político-bipartita, y eso, como vimos, colapsó en el ciclo electoral pasado”, argumentó.
Al mismo tiempo, Acevedo Vilá sugirió que no existe la necesidad de limitar la constitución a un solo modelo, entiéndase la segunda vuelta o el voto preferencial, sino que puede establecerse en la carta magna que solo se declarará electo aquel candidato que obtenga más del cincuenta por ciento de los votos emitidos para dicha elección.
Por su parte, Farinacci Fernós argumentó que las Resoluciones Concurrentes de la Cámara 12 y 30, atendidas en la vista pública, son válidas constitucionalmente. Destacó que ambas resoluciones “pretenden iniciar un proceso de democratización del sistema electoral puertorriqueño, de forma que, como regla general, una persona no pueda acceder a un cargo electivo con una cantidad ínfima de votos. Por el contrario, será necesario obtener, al menos, más de la mitad de los votos emitidos en una elección”.
Por otro lado, el profesor Fontanet Maldonado insistió que “es necesario que un gobernador o gobernadora cuente con el voto de la mayoría de los electores que participen en la elección y de un mecanismo electoral que fomente la participación ciudadana en los asuntos públicos. La segunda vuelta es la única forma de asegurarlo”.
El representante Varela agradeció la colaboración de los juristas presentes y sostuvo que “estamos trabajando para lograr una medida que responda a un consenso sobre el tema a nivel de las distintas delegaciones. Este es un tema crucial para nuestra democracia, por lo que es necesario continuar esta discusión, de modo que podamos someter una propuesta al pueblo prontamente”.