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Legisladoras catalogan como desacierto jurídico sentencia del Apelativo sobre separación de poderes

“El Ejecutivo carece de poder delegado por la legislatura para implementar órdenes ejecutivas tan amplias como las emitidas durante los últimos dos años”, dijo Lisie Burgos.

Camara de Representantes
Representante. Lisie Burgos. Foto: Dennis A. Jones/ Metro Puerto Rico/ Archivo. (Dennis A. Jones)

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El Tribunal Apelativo (TA), mediante Sentencia dictada el 16 de diciembre de 2002, notificada ayer, 21 de diciembre de 2022, determinó confirmar la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI), concluyendo que tanto las portavoces de Proyecto Dignidad en la Cámara y el Senado, Lisie Burgos Muñiz y Joanne Rodríguez Veve, así como la Cámara de Representantes, carecían de legitimación activa para impugnar la constitucionalidad y procedencia de las Órdenes Ejecutivas emitidas por la pasada Gobernadora, Wanda Vázquez Garced y el actual Gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia, con relación al estado de emergencia sobre el COVID-19.

Es la interpretación tanto del TPI como del TA, que legisladores electos por el pueblo, y una de las Cámaras legislativas, se ven impedidos de impugnar las acciones del Ejecutivo por medio de la teoría de usurpación de poderes, aún cuando el Ejecutivo se haya excedido en la interpretación de los poderes que le fueron delegados por la legislatura.

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En una determinación que las legisladoras de Proyecto Dignidad catalogan como jurídicamente desacertada, ambos foros se negaron a dirimir lo central de la cuestión planteada. Es decir, si bajo la ley 20-2017, la Rama Legislativa le delegó o no las facultades impugnadas.

Ignorando el planteamiento de derecho constitucional traído ante su consideración, el TPI y el TA concluyeron erradamente que, como las legisladoras y la legislatura tienen la opción de legislar e irse por encima del veto del gobernador, ello hace inmeritorio la discusión en sus méritos de la cuestión constitucional planteada.

“Es decir, para ambos foros, ante un planteamiento de usurpación de poderes, el único remedio que tendría el poder legislativo es legislar. En otras palabras, con su determinación, el tribunal le cierra las puertas a los legisladores y a los Cuerpos Legislativos ante planteamientos constitucionales de separación de poderes, mientras fortalece los poderes del Ejecutivo para seguir tomando decisiones administrativas no delegadas directamente por legislación”, expresó la senadora Rodríguez Veve.

“Con esta acción, queda claro que tanto el TPI como el TA se niegan a atender el planteamiento neurálgico traído ante su consideración a luz de la división de poderes de nuestro sistema republicano de gobierno. Ante esta decisión, nos reafirmamos en nuestra postura. Siendo esta que, sin duda, el Ejecutivo carece de poder delegado por la legislatura para implementar órdenes ejecutivas tan amplias como las emitidas durante los últimos dos años y medio relacionadas al COVID-19″, expresó la representante Burgos Muñiz.

“Procederemos a apelar esta decisión ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico”, expresaron las portavoces de Proyecto Dignidad.

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