El representante por el distrito 6, Guaynabo, Cataño y Bayamón, Angel Morey Noble, propuso el Proyecto de la Cámara 1537, con el respaldo de la delegación PNP y PPD en la Cámara de Representantes para establecer una amnistía contributiva. Esta amnistía sería la primera que ocurre desde el año 2013.
El llamado Plan de Incentivo para el Pago de Contribuciones Adeudadas de 2022, establecería un plan de incentivos que permita el relevo de pago de intereses, recargos y penalidades sobre deudas por concepto de contribuciones sobre ingresos, contribución sobre caudales relictos y donaciones, impuestos sobre ventas y uso, retención en el origen de contribuciones sobre ingresos, árbitros entre otros.
PUBLICIDAD
“La amnistía contributiva para individuos y comerciantes es una oportunidad para que la ciudadanía pueda ponerse al día con el pago de sus contribuciones. Es de conocimiento que luego del paso de los huracanes Irma y María, terremotos, la pandemia del COVID-19 y ahora con el huracán Fiona, todos estos provocaron de cierta manera un efecto adverso en las finanzas de la ciudadanía. Esta amnistía a su vez, brindará un alivio a la carga económica de las familias, al mismo tiempo que se convierte en un mecanismo para allegar fondos al erario público”, explicó Morey Noble.
El representante novoprogresista detalló que el 75 % de los recaudos serían destinados para el Fideicomiso de las Pensiones del Gobierno de Puerto Rico, mientras que el restante 25 % irá al Fondo General para obras y mejoras permanentes.
“Ciertamente esta inyección del 75 % al Fideicomiso de las Pensiones estaría cubriendo parte de las obligaciones que tiene el estado para darle mayor seguridad a los pensionados sin que se vean trastocados los beneficios por los que tanto trabajaron al tiempo que se destinan otros fondos para obras y mejoras permanentes en la isla” detalló el legislador.
Se detalla en el decrétase de la pieza legislativa que el plan de incentivos dispuesto en la Ley no aplicará a las planillas de contribución sobre ingresos correspondientes a los periodos contributivos terminados después del 31 de diciembre de 2021. Los contribuyentes que no hayan radicado las planillas de los años contributivos terminados en o antes del 31 de diciembre de 2021, podrán radicar dichas planillas y de esa forma acogerse al plan de incentivos provisto por la Ley, pero solamente mediante el pago total de la deuda sin acogerse a plan de pago alguno, pero será elegible para el relevo del pago de intereses, recargos y penalidades.