La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) radicó una querella contra el alcalde de Rincón, Carlos D. López Bonilla, por presuntamente intervenir en transacciones de aumentos de sueldo de su primo hermano quien trabaja como policía municipal desde el año 2004.
La OEG tuvo acceso a varios documentos donde se evidencia que el alcalde realizó trámites o acciones de personal sobre su primo hermano Jayson López Noriega. Según la ley, el funcionario no debe intervenir de forma alguna en el proceso administrativo de su primo por los lazos de sangre que les unen.
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En la querella se indica que el mandatario municipal que ocupa el cargo desde el 2001 realizó varias decisiones a favor de su primo hermano entre las cuales incluye aumentos de sueldo, licencias de vacaciones. Además de otras transacciones a favor de su familiar en su puesto como Policía Municipal que constituyen acciones de nepotismo.
“Son actos hechos mediando lazo de consanguinidad que une al querellado (el alcalde) con su primo hermano, sin que la Oficina de Ética Gubernamental autorizada tales gestiones luego de determinar la existencia de circunstancias excepcionales que lo justificara”, lee el documento.
Del mismo modo, la querella señala que el alcalde “intervino directamente en aumentos de sueldo, pago de horas extras y en la otorgación de licencias por concepto de vacaciones y el pago de excesos de estas. Él estaba impedido de intervenir como autoridad nominadora y obligado a presentar inhibición formal. Su incumplimiento puso en duda la integridad e imparcialidad de la función gubernamental e infringió cada una de las disposiciones antes citadas”
El alcalde estaría en violación a la Ley de Ética Gubernamental por transacciones de personal efectuadas durante los años 2004 al 2011. Los incisos de esta ley que habría incumplido disponen que “ningún funcionario podrá intervenir en forma alguna en cualquier asunto en el que él o algún miembro de su unidad familiar tenga un conflicto de intereses”, según el inciso “h” del Artículo 3.2 de la Ley Núm. 12 del 24 de julio de 1985.
En la querella, la OEG solicita que se le imponga una multa por cada infracción y que se ordene la retención y descuento al Departamento de Hacienda, a los Sistemas de Retiro de Empleados del Gobierno y de la Judicatura y a cualquier otro sistema de retiro público, a la Asociación de Empleados del Gobierno de Puerto Rico y a la autoridad nominadora, contra los fondos acumulados del servidor o ex servidor público hasta que se complete la multa impuesta.
El alcalde tendrá 20 días para contestar las alegaciones realizadas en la querella.
Querella contra el alcalde de Rincón by Metro Puerto Rico on Scribd