La titularidad que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) alegadamente tenía del parque pasivo en Condado que vendió, en 2021, a un desarrollador privado fue puesta en duda hoy en una maratónica vista pública de la Cámara de Representantes, en la que participaron tanto representantes de la comunidad como funcionarios de las agencias públicas encargadas de intervenir en esas transacciones.
El exvicepresidente de la Junta de Planificación Pedro Cardona Roig, quien depuso junto a vecinos de la zona del Condado, presentó documentación que evidenciaría que el terreno donde ubicaba el parque pertenecía, al menos desde 1972, al municipio de San Juan.
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“Aquí están las copias de lo que dice el Registro de la Propiedad para la Finca 13818. Originalmente, cuando se hizo primeramente la segregación, y luego, cuando se hace la inscripción a nombre del municipio de San Juan en el año 1972. Son documentos públicos y los conseguí a través de la página de KaribeNET del Registro de la Propiedad y los tenía disponible el DTOP y también los tasadores que prepararon la tasación de la propiedad. Son documentos públicos”, puntualizó Cardona Roig, quien entregó la información a la Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas, que celebra las vistas públicas en conjunto con la Comisión de Desarrollo y Fiscalización de Fondos Públicos de la Ciudad Capital.
En el 2019, el DTOP, tras recibir una petición de la empresa Krug Property LLC para adquirir el predio donde ubicaba el parque, procedió a inscribir el terreno a su nombre en el Registro de la Propiedad. Según ha expresado la secretaria del DTOP, Eileen Vélez Vega, la agencia tomó esa determinación tras presuntamente constatar que “no existía evidencia que acreditara el dominio a persona, entidad o agencia alguna”.
Tras la inscripción a nombre del DTOP, comenzaron los trámites que derivaron en la venta del parque a Krug Property, que se materializó el 24 de febrero de 2021, dos meses después de que el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (Cedbi) autorizara la transacción.
José Torres, encargado de la Oficina de Administración de Terrenos del DTOP, insistió a preguntas de los representantes que, en las gestiones previas a solicitar la inscripción del predio a favor de la agencia, no surgió que el municipio de San Juan o alguna otra entidad ostentara la propiedad del parque, que queda en la esquina de la avenida Ashford y la calle Krug.
Ningún representante del municipio de San Juan acudió hoy a la vista cameral, pese a que habían sido citados por las comisiones que presiden los legisladores José Aníbal Díaz Collazo y Luis Raúl Torres Cruz.
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“En torno a la controversia que se ha generado por el terreno ubicado en el Condado, y de acuerdo a los archivos pertenecientes al Municipio de San Juan, es necesario aclarar que no existe ningún documento que establezca que dicha propiedad fue registrada o inmatriculada a favor del Municipio de San Juan”, afirmó el ayuntamiento en unas declaraciones escritas que enviaron a los medios posterior a la conclusión de la vista pública.
“Durante la administración anterior de la alcaldesa (Carmen Yulín) Cruz Soto, en el 2019, cuando ocurrió la inscripción de titularidad a favor del DTOP, se pudo haber levantado algún argumento antes de que el gobierno estatal procediera a registrar dicho terreno, pero tampoco se hizo. Por lo tanto, al día de hoy, el Municipio de San Juan nunca tuvo, ni tiene titularidad debidamente registrada sobre dicho terreno”, agrega la declaración.
De acuerdo con el municipio, en 1952 se realizaron unas expropiaciones para lograr la conexión de la avenida Ashford con la calle McLeary, tras lo cual el ayuntamiento “procedió a vender a manos privadas los predios remanentes que sobraron después de dicha construcción”.
“Nosotros investigamos en los archivos de nosotros, en los archivos del CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales), en los archivos del Registro de la Propiedad. Si nosotros no encontramos o asociamos ese terreno con el que estamos investigando, vamos a recomendar la inscripción a nombre del gobierno”, planteó Torres, al reconocer que no se redactó un informe que plasmara los resultados de la investigación de título.
Durante la vista, el director de la División Legal del CRIM, Axel Acevedo Colón, realizó una búsqueda en el portal del catastro digital de la entidad y señaló que la titularidad del espacio correspondiente al Parque Borinquen aparece bajo “Gobierno”, aunque el sistema no precisa si se trata del gobierno central o algún municipio.
El exsecretario de Justicia William Vázquez, quien está asesorando a los residentes del Condado que se han organizado para reclamar el llamado parquecito Borinquen, respondió “correcto” ante la pregunta de la representante Mariana Nogales sobre si la adjudicación de la titularidad al municipio de San Juan tendría el efecto legal de anular la inscripción del parque a nombre del gobierno y, como consecuencia, las transacciones realizadas posteriormente.
Se espera que a la próxima vista pública sean citados representantes del Registro de la Propiedad, al igual que del municipio de San Juan.
Versiones legales encontradas
La controversia sobre la titularidad fue uno de los tres puntos que, a juicio de Vázquez, experto en Derecho Administrativo, tornarían ilegal la venta del terreno a Krug Property, empresa que es dueña de la parcela colindante al parque.
El abogado planteó, además, que la Ley 12-1975 exige que tanto La Fortaleza como los departamentos de Justicia y Hacienda avelen las ventas de terrenos públicos valorados en más de $100,000. En pasadas semanas, tanto Vélez Vega como portavoces del gobernador Pedro Pierluisi han argumentado que una orden ejecutiva de 1991 relevó a La Fortaleza, Hacienda y Justicia de brindar sus respectivas aprobaciones, delegando la responsabilidad total en el DTOP.
El representante penepé Gabriel Rodríguez Aguiló cuestionó a Vázquez si la Ley 26-2017, que creó el Cedbi y le asignó la facultad de autorizar los traspasos de bienes inmuebles en desuso, había “derogado tácitamente” la Ley 12-1975.
“En principio, la respuesta sería que no, porque no hay ninguna disposición (en la Ley 26) que así lo disponga. Hacer un planteamiento así, en el supuesto hipotético, sería contrario a la posición asumida por el DTOP, de que cuando llega (el caso llega) al Cedbi, llega con dos certificaciones […] uno de agosto de 2020 y otro de septiembre de 2020, que hacen una certificación de cumplimiento con la Ley 12. No he encontrado nada que pueda plantear o sugerir que (la Ley 12) no está vigente, porque es un mecanismo de control distinto al que se estableció con la Ley 26-2017″, sostuvo Vázquez, al añadir que la orden ejecutiva de 1991, firmada por Rafael Hernández Colón, únicamente debió tener el efecto de eximir a La Fortaleza de evaluar las transacciones en exceso de $100,000, y no así a los secretarios de Justicia o Hacienda.
A pesar de que el contrato de compraventa del parque alude a la Ley 12-1975, el director legal del DTOP, Gian García García, alegó en un aparte con la prensa que ese estatuto había quedado parcialmente derogado con la Ley 26-2017.
“El procedimiento se tiene que llevar a cabo a través del Cedbi. Tanto así que, si el Cedbi determina que una transacción no procede, el DTOP no puede proceder con la transacción que el ciudadano solicite”, sostuvo García García.
El abogado del DTOP, de hecho, fue expulsado de la vista por el representante Torres Cruz luego de un agitado intercambio en el que García García había justificado el procedimiento para declarar el parque como un bien en desuso.
De acuerdo con Torres Cruz, García García insistió en “decir que las premisas que se traen aquí son falsas, que las premisas que traen los legisladores son falsas, faltándonos el respeto”.
García García, tras retirarse de la vista, dijo a los periodistas que su único reclamo había sido exigir “trato igual” de los representantes hacia los funcionarios del gobierno, y catalogó su remoción como “una falta a la libre expresión”.
En el caso del Parque Borinquen, la autorización para su venta por parte del Cedbi ocurrió el 19 de diciembre de 2020 con el voto afirmativo del director de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, Omar Marrero, y el entonces secretario de Desarrollo Económico y Comercio, Manuel Laboy, ahora jefe de la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia. La tercera integrante del Cedbi en aquel momento, la entonces jefa de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, Iris Santos, no participó en esa votación, según se informó en la vista.
“El Cedbi parece haber descansado en las certificaciones que les hace el DTOP y arrastraron un poco el error de asumir que esto estaba en total desuso”, sostuvo Vázquez.
Ante ese planteamiento, García García respondió a preguntas de la prensa que la Junta Revisora de Propiedad Inmueble del Gobierno de Puerto Rico, entidad creada en 2014, había certificado el 29 de octubre de 2020 que no existían “solicitudes de autorización de alguna agencia, dependencia o instrumentalidad pública para ocupar, mediante arrendamiento, compra o desarrollo” el predio donde ubicaba el parque.
Los vecinos del Condado y sectores circundantes han planteado que el municipio de San Juan, si bien se ha desentendido en las pasadas semanas del manejo del parque, proveía servicios de limpieza y mantenimiento al área verde.
Al cuestionársele si el DTOP pone en duda el hecho de que los residentes utilizaron por décadas el parque pasivo, García García respondió que los trámites se habían completado conforme a ley y reglamento.
“DTOP no pone en duda nada porque estamos aquí para establecer la verdad y la documentación que sea necesaria, presentarla. Pero DTOP no es la entidad que determina ese uso. Nosotros tenemos que basarnos de acuerdo a la ley y el orden establecido. Nosotros no determinamos que está en desuso, la Junta Revisora lo estableció mediante certificación”, planteó el abogado, quien precisó que el Departamento de Recreación y Deportes ha certificado que el área no aparece registrada como un parque.
A la vista pública, que se extendió por más de seis horas, también compareció el tasador Javier Porrata, quien fijó el valor del terreno en $145,000 tras una evaluación completada en octubre de 2019 a petición de Sender Shub, uno de los socios de Krug Property.
Porrata, ante cuestionamientos de los legisladores, reconoció que los valores en el mercado de bienes raíces se habían elevado significativamente para el momento en que se materializó la venta en febrero de 2021, 16 meses después de la tasación. Sin embargo, para propósitos de las transacciones de bienes inmuebles, el DTOP acepta tasaciones que se hayan realizado dentro de los dos años previos.