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Exigen extraordinaria para sacar nuevas exigencias a notarios en ley que regula procesos de bienes raíces

Así lo pidió la presidenta del Colegio de Abogados

Daisy Calcaño López, presidenta del Colegio de Abogados

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La presidenta del Colegio de Abogados Daisy Calcaño López, le pidió el sábado al gobernador Pedro Rafael Pierluisi Urrutia que incluya en una sesión extraordinaria enmendar la Ley 52-2022, porque a su juicio ha puesto a los notarios a hacer el trabajo de los empleados del Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM).

“Nuestra solicitud al señor gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia es que cite a una sesión extraordinaria para enmendar la Ley 52 de 2022, eliminando el Artículo 86 de la misma que enmienda a su vez el Artículo 11 de la Ley Notarial. El llamado a la Asamblea Legislatura es que atiendan este asunto con la urgencia requerida. Esperar a la sesión ordinaria de mediados del mes de agosto tiene un costo económico para todas las partes, especialmente para los constituyentes”, dijo Calcaño López en declaraciones escritas.

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Según Calcaño López las enmiendas a la Ley Notarial son similares a las contenidas en el Proyecto de la Cámara 827, que fue protagonista de la controversia entre los presidentes legislativos durante la aprobación del presupuesto.

“Las enmiendas a la Ley Notarial tienen su génesis en la actualización de las tasaciones de los inmuebles que le están requiriendo al CRIM. Nos fuerza a concluir que con estos requisitos se le está haciendo el trabajo de tasación que le corresponde al CRIM.

A juicio de la licenciada, la Ley para la Estabilización de las Finanzas Públicas de Puerto Rico “impone una carga onerosa en el proceso de disponer del título de los bienes inmuebles”.

El Artículo 86 de la medida, dispone que, en toda transacción de compraventa, donación, cesión, permuta, traslado, segregación, agrupación se requiera una tasación de la Propiedad inmueble realizada por un tasador licenciado, estudio de título y un plano de mensura (plot plan). “El estudio de título ha sido requisito por ley; inclusive se incluye como parte del contenido de las escrituras sobre el traslado o disposición de bienes inmuebles.”

Como consecuencia, varias transacciones de bienes raíces se paralizaron.

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“Esta medida no debió incluir esa enmienda a la Ley Notarial. El efecto es que impone un costo oneroso a la ciudadanía que desea vender su propiedad y se ve obligada a contratar un agrimensor y un tasador. Más aun, trastoca inclusive a municipios y al Departamento de Vivienda cuando otorga las escrituras de viviendas y solares de interés social. Ayer quedaron detenidos los negocios jurídicos de bienes inmuebles donde no se tiene ni tasación ni plano de mensura. La disponibilidad de contratar tasadores y agrimensores, en estos tiempos es difícil. La tardanza y el costo en completar estos requisitos desalienta a la ciudadanía y trastoca el tráfico jurídico de los negocios sobre bienes inmuebles e impone cargas adicionales al ejercicio de la notaría. Urge además expresiones de la Oficina de Inspección de Notarías sobre las nuevas instrucciones a los notarios y notarias, expresó Calcaño López.

“Sin lugar a duda, una enmienda de esta naturaleza incluida en la etapa de conferencia entre los dos cuerpos legislativos, sin informarlo a la ciudadanía, a los y las afectados, es una práctica lesiva que va en detrimento al sano ejercicio de la democracia. Ello, sin menoscabar la soberanía de los cuerpos legislativos”, añadió.

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