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Tribunal de Boston concluye que la Junta no actuó “arbitrariamente” al dejar sin efecto leyes aprobadas por el gobierno

Concluyó que la Junta puede intervenir en leyes que vayan en contra del plan fiscal

Junta de Control Fiscal Dennis A. Jones/ Metro P. R./ archivo

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El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston concluyó que la Junta de Control Fiscal de Puerto Rico puede dejar sin efecto leyes que vayan en contra de los propósitos del ente y del plan fiscal del gobierno de Puerto Rico.

El tribunal federal en Boston determinó que la jueza Laura Taylor Swain actuó correctamente al rechazar cuatro leyes que el gobierno de Puerto Rico y la Autoridad de Asesoría Financiaera y Agencia Fiscal (AAFAF) buscaban que se implementaran luego de que la junta indicara que iban en contra del plan fiscal.

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El Gobierno de Puerto Rico y la AAFAF señalaron que la Junta de Control Fiscal actuó de manera “arbitraria y caprichosa” en el ejercicio de su autoridad bajo la Ley PROMESA.

“En el caso de las cuatro leyes, concluimos que la Junta no actuó arbitraria y caprichosamente en el ejercicio de su autoridad bajo PROMESA. Por el contrario, Junta determinó razonablemente que el Estado Libre Asociado no cumplió con sus obligaciones bajo la sección 204(a) de proporcionar una “estimación” y certificación formal (Leyes 82 y 138), o que las leyes “perjudicarían o frustrarían los propósitos de” PROMESA (Leyes 176 y 47). Los procedimientos y obligaciones contemplados por la sección 204(a) no son procedimiento por el bien del procedimiento. Más bien, sirven al propósito crítico de permitir que la Junta determine que la legislación en cuestión se adhiere al plan fiscal y no afectará el propósito de PROMESA de restaurar a Puerto Rico a la estabilidad fiscal. Por lo tanto, confirmamos la sentencia del tribunal de distrito con respecto a las cuatro leyes”, lee el documento del apelativo de Boston.

“El Congreso tuvo que tomar decisiones difíciles al redactar PROMESA y respondiendo a la crisis fiscal de Puerto Rico. Una de esas opciones estaba dando a la Junta la autoridad para revisar y bloquear la implementación de las leyes promulgadas por el Gobierno de Puerto Rico y la legislatura si “perjudican o anulan los propósitos de” PROMESA. Reconocemos las objeciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a este asunto. Pero esa es la estructura de gobierno que se aplica aquí. La Junta no actuó “arbitraria y caprichosamente” en el ejercicio su autoridad bajo PROMESA”, concluye el documento.

El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston determinó que se dejarán sin efecto varias leyes relacionadas a proveedores de la salud entre las que se encuentra la Ley 82 del 2019, conocida como la Ley Reguladora de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia.

La Ley 82 no fue certificada por la Junta de Control Fiscal luego de que se estimara que esta costaría uno $30 millones. Posteriormente, fue dejada sin efecto por la jueza federal Laura Taylor Swain en el caso de quiebra de Puerto Rico y posteriormente pasó a manos del foro federal en Boston.

El Tribunal Apelativo de Boston además dejó sin efecto la Ley 138 para imponer normas en cuanto a la relación entre proveedores y planes médicos. La Ley 176 para la Transformación del Recurso Humano Gubernamental y la Ley 47 para expandir los profesionales médicos cobijados najo el beneficio contributivo del 4%.

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