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Rechazan medida que busca prohibir que jefes llamen a sus empleados fuera de horas laborales

El Departamento del Trabajo mostró oposición a la medida en vistas públicas llevadas a cabo en la Cámara de Representantes

Capitolio Dennis A.Jones (DENNIS A. JONES)

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En las vistas públicas en la Cámara de Representantes donde se discutieron varias medidas sobre asuntos laborales, el Departamento del Trabajo se opuso al proyecto radicado en la legislatura que busca prohibir que los patronos se comuniquen con sus empleados fuera del horario laboral.

En la vista pública la licenciada Naomi Álamo, en representación del secretario Gabriel Maldonado González rechazó la aprobación del Proyecto de la Cámara 118, que persigue crear la Ley del Derecho a la Desconexión Digital radicado por el representante del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Denis Márquez, con el fin de reconocer a toda persona empleada su derecho a la desconexión de comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo fuera de horas laborables.

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Aunque reconoció que un empleado debe disfrutar su tiempo libre, la funcinaria de la agencia opinó que tal razón no es suficiente para imponer una ley que limite “sustancialmente” la capacidad de un patrono comunicarse con sus empleados fuera del horario de trabajo.

“Lo cierto es que la legislación laboral de Puerto Rico regula adecuadamente la jornada de trabajo e, incluso, la Constitución de Puerto Rico impone el pago de una compensación extraordinaria en caso de que la jornada de trabajo exceda ocho horas diarias”, aseveró Álamo.

De acuerdo la agencia, resulta incorrecto desde el punto de vista jurídico imponer la desconexión digital a empleados exentos cuando estos prestan sus servicios sin limitarse a un horario de trabajo y acuerdan, por lo general, beneficios mayores en su contrato de empleo a los establecidos por ley.

Asimismo, dijo que la limitación propuesta por el proyecto obvia que existen empleos que “consisten en un proceso creativo o intelectual que no está sujeto a un horario de trabajo, sino a la espontaneidad de las ideas”.

Por último, indicó que el derecho a la desconexión digital no toma en cuenta que un grupo sustancial de empleados prestan sus servicios de forma remota y no necesariamente tienen un horario fijo para rendir sus ocho horas de trabajo. Ante este escenario, un patrono podría comunicarse inadvertidamente con su empleado durante el periodo libre.

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La abogada en derecho laboral Vivian Santiago Trinidad también manifestó oposición a la medida tal como está redactada al asegurar que solamente responsabiliza al patrono y no al empleado que decida no cumplir con la política sobre la desconexión digital.

Además, mostró preocupación con algunas “interpretaciones subjetivas” contenidas en la pieza legislativa -como en la definición de emergencia- y con la redacción de las excepciones sugeridas.

“En vez de dirigir los esfuerzos hacia un sistema de derecho laboral punitivo, que sin lugar a dudas no ha resuelto mucho, busquemos dirigir estos esfuerzos hacia uno que promueva la educación. De este modo creamos entre las empresas y los empleados un sistema de ‘checks and balances’ en el que ellos mismos, con el conocimiento de derecho laboral, son sus propios fiscalizadores”, sostuvo la licenciada.

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