Locales

Favorecen enmiendas a medida para uniformar declaración de estorbos públicos y expropiaciones forzosas

La medida fue evaluada durante una vista pública de la Comisión de Asuntos Municipales y de Vivienda

Suministrada

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El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) y la Asociación de Alcaldes con enmiendas el Proyecto del Senado 780 para adoptar un protocolo uniforme y eficiente para todos los municipios en cuanto a la declaración de estorbos públicos y expropiaciones forzosas.

La medida fue evaluada durante una vista pública de la Comisión de Asuntos Municipales y de Vivienda, que preside la senadora Migdalia González Arroyo.

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“Reconocemos la situación que representa el volumen de propiedades que se encuentran en estado de deterioro y abandono provocando problemas de plaga, enfermedades y hasta actividades ilícitas. De esta forma, coincidimos en las premisas establecidas de que se debe reevaluar nuestro marco legal resaltando la problemática existente. Para poder priorizar la rehabilitación y el uso como vivienda asequible de estas propiedades hace falta una medida que procure establecer mecanismos rápidos y eficientes para la identificación, declaración, manejo y reutilización de las propiedades declaradas estorbos públicos”, sostuvo Reinaldo Paniagua, director ejecutivo del CRIM, en apoyo a la medida con enmiendas presentadas a la Comisión.

Paniagua sugirió que “en cuanto al método de valoración sugerido dentro del proyecto para valorar propiedades identificadas como estorbo público y que no aparecen en los registros como tasadas sugerimos se mantenga el método de tasación científica basado en costo de reemplazo de los valores 1957″.

González Arroyo solicitó al deponente que explicara el proceso de tasación científica. Paniagua respondió que “el uno traer la valorización de propiedades al valor del mercado crea una inestabilidad. Es un proceso más estable, que lo contempla el código municipal actual…Actualizamos como se ve Puerto Rico desde arriba…Buscamos actualizar usos, nueva construcción, ampliaciones…Entramos en un proceso de notificación porque Puerto Rico ya está tasado, empezamos con unos sectores”, explicó Paniagua.

Por otro lado, el senador por el distrito de Ponce, Ramón Ruíz Nieves, preguntó cuántas propiedades no tasadas hay en el país. Paniagua respondió que hay alrededor de 175 mil propiedades, de las cuales 145 mil son residenciales o del gobierno que no tributa, dentro del CRIM quedan alrededor de 40 mil. Asimismo, cuestionó cuántas propiedades hay declaradas estorbos. El deponente indicó que no tienen esa información, ya que eso es algo que proveen los municipios.

Mientras tanto, el senador del Movimiento Victoria Ciudadana, Rafael Bernabe, cuestionó cuál es el universo de propiedades en el país. Raúl Santiago, miembro de la Junta del CRIM indicó que hay cerca de un millón quinientas mil propiedades en el país y cerca de un 60 por ciento están exoneradas por ser primera propiedad y exoneradas parcialmente.

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A preguntas de la senadora independentista María de Lourdes Santiago, sobre compañías privadas contratadas por municipios para casos de declaración de estorbos públicos, el asesor legal del CRIM, Nelson Meléndez, respondió que tienen 72 casos en tribunales y solamente han entrado cuál es la deuda del CRIM sobre aquellas propiedades que se están expropiando. “Hemos encontrado que se presentaban unos gastos que el código permite para limpieza y poner al día la propiedad. Dentro de los gastos nos hemos percatado que la factura era la misma en propiedades”.

Entre las enmiendas sugeridas por el CRIM se encuentra el Artículo 4.10 (c y d) para que lea de la siguiente manera: “El CRIM entiende que dicho gasto incurrido por el Municipio, debe ser anotado en el Registro de la Propiedad para que sea elevado a rango de hipoteca legal tácica; que su rango de legal tácita, al no ser uno que emane directamente de la imposición de contribuciones sobre la propiedad inmueble, esté subordinado a la del CRIM, como sugiere el proyecto; y que la imposibilidad de anotar en el registro de la propiedad dicho gravamen, se deba únicamente a cuando no exista tracto registral, y que dicho gasto pueda ser cobrado de manera alterna por el Municipio”.

En iguales términos, la Asociación de Alcaldes expresó su apoyo con enmiendas al PS780. Mediante ponencia enviada a la Comisión indicaron que “estamos de acuerdo con el Proyecto y lo endosamos ya que atiende uno de los mayores problemas que tienen los municipios. Los estorbos públicos generan una serie de situaciones; salubridad, pago de contribuciones inmuebles, deterioro de fachadas y visibilidad urbana”.

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