En una decisión unánime del Tribunal Supremo de Puerto Rico se sostuvo la decisión del Tribunal de Primera Instancia donde se indica que los Hospitales HIMA-Caguas e HIMA- Fajardo deberán pagar a sus empleados unionados el Bono de Navidad correspondiente al año 2016 informó Gerson Guzmán, presidente de la Unión General de Trabajadores (UGT).
Este es el primer caso atendido y resuelto por el más alto Tribunal del país, de una serie de casos radicados por la UGT, donde se reclama el pago del Bono de Navidad por la corporación Centro Médico del Turabo, Inc. (HIMA), a partir del año 2016 al presente, a los empleados unionados de los Hospitales HIMA de Caguas y Fajardo.
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“Es importante recalcar que el reclamo para el pago de los Bonos de Navidad adeudados a los empleados unionados de los Hospitales HIMA San Pablo de Caguas y Fajardo, levantado por la Unión General de Trabajadores (UGT), ha sido sostenido como válido por todos los foros, desde el Negociado de Conciliación y Arbitraje del DTRH hasta el Tribunal Supremo de Puerto Rico, el más alto foro judicial del País”, señaló Guzmán.
“No tenemos la menor duda de que habremos de prevalecer en los otros casos en los que hemos reclamado este derecho de los trabajadores consignado en los Convenios Colectivos y que aún se mantienen ante los diferentes foros jurídicos a los que ha acudido el patrono en su empeño de no cumplirle a los trabajadores de sus instituciones hospitalarias”, añadió el presidente de la Unión General de Trabajadores.
El caso de referencia, en la decisión del Tribunal Supremo, se remonta al 27 de enero de 2017 cuando la Unión General de Trabajadores (UGT), representantes de los empleados unionados de los Hospitales HIMA de Caguas y Fajardo, radicó tres querellas ante el Negociado de Conciliación y Arbitraje del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos reclamando, en beneficio de sus representados, el pago del Bono de Navidad correspondiente al año 2016. Eventualmente, las tres querellas fueron consolidadas en dos.
Vistas las dos querellas por el Negociado de Conciliación y Arbitraje se les adjudicó a las instituciones hospitalarias el haber infringido lo dispuesto en los Convenios Colectivos y se le impuso las penalidades contempladas en la Ley del Bono de Navidad. Mediante alegaciones posteriores el patrono apeló a los Tribunales hasta llegar al Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Corresponde ahora a la corporación Centro Médico del Turabo Inc. pagar la cantidad adeudada del Bono de Navidad, así como las penalidades que impone la Ley por no haberlo hecho en el periodo dispuesto.