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CPI pide al Tribunal Supremo ser amigo de la corte para proteger a las fuentes periodísticas

Esperan que el Tribunal considere sus planteamientos antes de tomar una decisión.

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El Centro de Periodismo Investigativo (CPI) solicitó al Tribunal Supremo de Puerto Rico que le permita participar como amigo de la corte para apoyar con sus argumentos a periodistas demandados de Noticentro de WAPA TV, en un caso que considera trascendental para el “privilegio del reportero” y su deber ético de protección de las fuentes de información.

“Debido a nuestra práctica haciendo periodismo investigativo, el CPI quiere ser escuchado por el Tribunal para dejarle ver la importancia de la protección de este privilegio tan neurálgico para el periodismo y para nuestras aspiraciones democráticas como país. La protección de las fuentes es un deber profesional al que nos obligan los códigos de ética para periodistas en Puerto Rico, Estados Unidos e internacionalmente”, dijo Carla Minet, directora ejecutiva del Centro.

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La solicitud para someter un amicus curiae radicada con el apoyo de la Clínica de Asistencia Legal Facultad de Derecho Universidad Interamericana de Puerto Rico, se refiere al caso del fiscal Ildefonso Torres Rodríguez versus Noticentro de Puerto Rico, en el cual el funcionario exige que los periodistas Alex Delgado y Jesenia Torres revelen quién fue la persona que les hizo llegar un documento que usaron en su reportaje y que era parte de una pesquisa del Negociado de Investigaciones Especiales.

“La controversia no estriba en si la fuente tenía la autoridad de divulgar el documento, sino si se puede obligar al periodista a revelar la identidad de tal persona con quien tenía un compromiso de confidencialidad. Desde los Pentagon Papers… hasta Deep Throat y Watergate…, y el más reciente Telegram chat en Puerto Rico, han sido los esfuerzos periodísticos los que históricamente han informado al público sobre lo que estaba ocurriendo a sus espaldas”, señala parte de la petición de intervención del CPI.

El llamado “privilegio del reportero”, o sea la protección de la identidad de las fuentes de información utilizadas por el periodista en su labor investigativa, forma parte de su función de informar a la ciudadanía. “Sin la protección del privilegio del reportero, los hombres y mujeres valientes que proveen información a periodistas para el beneficio del público se abstendrían de hacerlo por temor a represalias. La controversia en el caso de epígrafe no se debe analizar en un vacío, a base de las reglas aplicables a cualquier caso civil, sino con referencia a las implicaciones de la Sentencia en términos de la función crucial de la prensa de informar al público”, resume el escrito legal.

Si el Supremo no emitiera el certiorari que se solicita, mantendría vigente una sentencia del Tribunal Apelativo que contradice doctrinas sobre el derecho de la libre expresión en Puerto Rico y la libertad de prensa. De igual forma, dejaría vigente una sentencia del Apelativo que no distingue entre las excepciones a la doctrina constitucional de acceso a los documentos y la revelación de las fuentes de una labor periodística. Esto sería nefasto no sólo para la prensa, sino también para la democracia en Puerto Rico, reza otra sección de la petición del CPI, firmada por los licenciados Judith Berkan, Luis José Torres Asencio, Steven Lausell Recurt y la estudiante de la Clínica, Carla Clavell Ruiz.

“Aunque las solicitudes de amicus curiae típicamente se presentan en los casos de apelación o una vez emitido el auto de certiorari, el CPI lo hace dada la importancia de este caso y su impacto tan potencialmente devastador para la práctica del periodismo en Puerto Rico y el derecho de la ciudadanía de estar informada sobre lo que está ocurriendo”, indica el recurso sometido el viernes en la tarde.

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El CPI espera con esta moción que el Tribunal considere sus planteamientos antes de tomar una determinación, reconociendo que la participación de amigos de la corte generalmente no ocurre en esta etapa, pero la Regla 50 del Reglamento de este Tribunal permite esta solicitud.

El CPI reconoce que el requisito fundamental para una verdadera democracia es que la ciudadanía esté bien informada y que existan entidades independientes con la capacidad de fiscalizar los poderes que accionan en la sociedad, sean públicos o privados.

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