Piden que se elimine ingreso del cónyuge en pensiones alimenticias

El proyecto de ley excluiría los ingresos del cónyuge en el cálculo de la pensión de hijos no comunes

Por Cindy Burgos @Cindy_Andreina

21 abr 2014, 11:00 pm 1 min de lectura

Si usted es de los que tiene que pagar pensión alimenticia, sepa que próximamente podría dejar de computar los ingresos de su nuevo cónyuge para determinar cuál será la cantidad que deberá pagar, si se aprueba un proyecto de ley que presentó hoy el representante popular Carlos Vargas Ferrer.

Según el legislador, cuando se computa la pensión con los ingresos del nuevo cónyuge se fomenta la convivencia o el matrimonio con capitulaciones para tener una estricta separación de bienes, por lo que “se desalienta el matrimonio” y “se rechaza como unión civil”.

“Siempre me ha resultado insostenible que en Puerto Rico se computen los ingresos de uno de los cónyuges en una relación de matrimonio para fijar la pensión alimenticia de hijos o hijas productos de otra relación. A mi juicio, la responsabilidad sobre la manutención de los hijos debe recaer exclusivamente sobre el padre o madre biológico o adoptivo y no sobre el cónyuge en una nueva relación,” enfatizó Vargas Ferrer.

Su proyecto de ley surge luego de que se anunciaran cambios en la Administración de Sustento de Menores (ASUME) del Departamento de la Familia (DF) para fijar nuevos parámetros en las pensiones alimenticias.

Actualmente, para calcular la pensión alimenticia se utiliza el salario bruto mensual, las deducciones mensuales, las deducciones autorizadas (seguro social, impuestos, retiro, uniones), si la persona está casada se incluyen el salario y deducciones de su pareja (esposo o esposa) aunque no sea el padre o madre del menor, la edad del menor y la cantidad de menores bajo su custodia o dependientes.

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