No se podrán solicitar registros de llamadas sin notificar a usuarios

El Supremo determinó que el Estado no puede pedir el registro de llamadas de un ciudadano sin antes notificarle u obtener una orden

Por Cindy Burgos @Cindy_Andreina

26 mar 2014, 11:00 pm 2 min de lectura

El Tribunal Supremo determinó hoy que el Gobierno no podrá solicitar los registros de llamadas telefónicas de un usuario sin antes notificarle o tener una orden judicial.

La determinación se da en respuesta a una demanda presentada por el periodista Carlos Weber contra el Gobierno, luego de que el Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) del Departamento de Justicia revisara su registro de llamadas en 2003 por haber inquirido en un operativo de la agencia que no se había anunciado a la prensa para investigar al agente que reveló la información.

En una opinión emitida por la jueza asociada Liana Fiol Matta, el Supremo sentenció que “el Estado no puede obtener los registros de llamadas telefónicas de un ciudadano sin antes notificarle de ello u obtener una orden judicial a esos efectos, aunque la persona cuyos registros se soliciten no sea objeto de la investigación gubernamental”.

La jueza asociada agregó en el recurso de certiorari que “reconocemos que una persona tiene una expectativa razonable de intimidad sobre los registros de sus llamadas telefónicas, particularmente cuando esta información está en manos de un tercero”.

Por tal razón, el Supremo revocó la sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones y devolvió al foro primario el caso para que “evalúe la prueba presentada por el señor Weber sobre los daños sufridos a la luz de lo aquí resuelto sobre la violación de su derecho a la intimidad”.

En ese entonces, fue la empresa Cingular la que otorgó sin el debido proceso de ley el registro de llamadas de Weber al fiscal Francisco Viera, quien, luego de conocer que se difundió una investigación del NIE que no había sido anunciada a los medios, inició una investigación interna contra los agentes en la agencia.

El registro se solicitó debido a que el teléfono de Weber fue el único que se registró en el listado de llamadas de la agencia como ajeno al NIE. Aunque la investigación no era sobre el periodista, este arguyó que la revisión de sus llamadas violaba su derecho a la intimidad.

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