El expresidente de la Cámara de Representantes, José Aponte Hernández, radicó hoy, lunes, el Proyecto de la Cámara 404 el cual busca que todo entrenador deportivo de eventos compuesto por menores de edad, presente un resultado negativo a prueba de detección de sustancias controladas como requisito para adquirir su licencia.
“Nuestros niños y jóvenes, el futuro de Puerto Rico, merecen disfrutar sus actividades deportivas en un marco de seguridad. Por eso, y luego de dialogar el asunto con varios entrenadores y demás personal envuelto a los eventos deportivos, entendemos meritorio colocar un requisito que establece que para cualquier persona recibir una licencia de entrenador de jóvenes menores de 18 años tendrá que presentar una prueba negativa al uso de sustancias controladas ante el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para así expedirse dicha licencia”, comentó Aponte Hernández en declaraciones escritas.
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la legislación enmendaría los artículos 2 y 4, añade, además, un nuevo artículo 5 y reenumeraría el artículo 5 como artículo 6, respectivamente, de la Ley 6-2011, la cual crea el Registro de Entrenadores, adscrito al DRD.
La Ley 6-2011, dispuso, entre otras cosas, la imposición de expedición de una licencia a toda persona que interese ejercer como entrenador de cualquier deporte de un equipo deportivo compuesto por menores hasta los 18 años de edad y que toda persona interesada en obtener dicha licencia deba presentar una certificación negativa expedida por el Negociado de la Policía de Puerto Rico en la que demuestre que su nombre no está en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores.
“A través de la Ley 6-2011, la Asamblea Legislativa reconoció el interés en sensibilizar a los padres y/o encargados de niños menores en cuanto a la importancia de realizar una investigación del historial de aquellas personas que se le confiere la supervisión de un menor en el contexto deportivo. Añadirle este requisito es cónsono con esta política pública”, añadió el líder legislativo.
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