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Buscan dar dos semanas de licencia por duelo a mujeres que sufran aborto

Se trata de dos semanas adicionales a las cuatro que se otorgan actualmente por las consecuencias físicas del aborto

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Un proyecto radicado en la Cámara Alta por la senadora del Partido Popular Democrático (PPD), Migdalia González Arroyo, buscaría que se conceda una licencia de duelo gestacional de dos semanas a empleadas públicas que hayan sufrido un aborto, así como a sus parejas.

La licencia cubriría también la pérdida del embarazo sufrida en un proceso de maternidad subrogada.

El P. del S. 489, radicado en julio pasado, enmendaría la Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico.

Según la exposición de motivos de la medida, “el reconocimiento legislativo al duelo gestacional por algunos países es hacia la protección emocional y física de los progenitores, en especial al de la madre“.

Actualmente, la Ley en Puerto Rico otorga una licencia de cuatro semanas a la mujer que sufra un aborto, sin embargo, esta se limita a las consecuencias físicas del mismo, y se le exige, para extenderle el beneficio, que el aborto sea de tal naturaleza que produzca los mismos efectos fisiológicos que regularmente surgen como consecuencia del parto.

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“En ese contexto, no se consideran los efectos psicológicos que la pérdida gestacional puedan tener para la madre y el padre. Bajo ese cuadro, se les exige a nuestras empleadas y empleados que se abstraigan de sus emociones y que vuelvan al trabajo como si no hubiera pasado nada”, lee el proyecto.

La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado atendió el proyecto el pasado 12 de octubre en vista pública, y al momento sigue su curso en la Legislatura.

De aprobarse, este dispondría que la empleada que sufra un aborto podrá reclamar las cuatro semanas de licencia de maternidad y dos semanas adicionales de licencia de duelo gestacional.

Estas últimas se concederán también al padre, con la mera notificación al patrono del documento médico que acredite la pérdida del embarazo.

La licencia de duelo gestacional también se dará a la empleada que se encuentre en un proceso de maternidad subrogada en caso de que se haya perdido el embarazo. Este beneficio se concederá tanto a la empleada que sea madre con vínculo genético como aquella empleada que actúe como gestante.

“Con esta inclusión el Estado reconoce que el proceso de duelo gestacional va más allá de la tenencia física de la criatura o la gestación por la propia madre, y se sensibiliza ante el inevitable sufrimiento de una mujer o una pareja que, al no poder gestar, utilizan las técnicas científicas de reproducción humana asistida”, aseguró la senadora al radicar la medida.

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