Locales

Representantes solicitan suspensión de empleo y sueldo del alcalde de Mayagüez

Tras el referido de Justicia por violaciones a la la Ley de Etica Gubernamental

José Guillermo Rodríguez, alcalde de Mayagüez Archivo

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Los representantes por acumulación, José Enrique “Quiquito” Meléndez, y José “Che” Pérez, solicitaron hoy, martes, a la Oficina del Fiscal Especial Independiente (FEI) al Panel que suspenda de empleo y sueldo al alcalde de Mayagüez, José Guillermo “Guillito” Rodríguez, tras el referido del Departamento de Justicia por violaciones a la la Ley de Etica Gubernamental de Puerto Rico de 2012, específicamente por incumplimiento del deber y malversación de fondos públicos.

La misiva enviada al FEI expresa que ante los señalamientos redactados por el Departamento de Justicia en su referido al Panel del FEI, la permanencia del alcalde José Guillermo Rodríguez y su equipo de trabajo representan un riesgo sustancial de malversación de fondos públicos adicionales para el municipio.

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La ley del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, en su artículo 14(c), dispone que “Cuando el Panel reciba información, bajo juramento, que a su juicio constituya causa suficiente para investigar si un Alcalde o Alcaldesa ha incurrido en conducta inmoral, actos ilegales que impliquen abandono inexcusable, negligencia inexcusable que resulte lesiva a los mejores intereses públicos en el desempeño de sus funciones, según dichos términos son definidos en este Plan, iniciará un proceso para determinar si la magnitud de los hechos justifican la suspensión o destitución del Alcalde o Alcaldesa. La celebración del proceso estará a cargo de la UPAD la cual deberá notificar al Panel un informe con sus recomendaciones”.

Añadieron que el Panel del FEI tiene la facultad para tomar todas aquellas medidas cautelares que en derecho procedan para salvaguardar los recursos y propiedades del municipio de Mayagüez e iniciar un proceso que determine si la magnitud de los cargos imputados requieren la suspensión de empleo del Alcalde y los funcionarios municipales hasta que concluya el proceso judicial. La Ley establece que se podrá tomar la acción: si los hechos imputados al Alcalde o Alcaldesa demuestran una administración corrupta, fraudulenta, negligencia inexcusable o el abuso de autoridad; el historial administrativo previo del alcalde o alcaldesa; la notoriedad o conocimiento público que se le imputa al alcalde o alcaldesa previo a la presentación de los cargos; la certeza o peso de la prueba, según surja de los informes investigativos sobre los hechos que dieron lugar a la querella; la urgencia de tomar medidas que protejan los bienes municipales o la vida y salud de los ciudadanos; y la íntima vinculación de los hechos imputados a la administración del municipio.

“Quiquito” Meléndez recordó que en el pasado la Asamblea Legislativa de Puerto Rico le asignó alrededor de $9 millones de dólares al Municipio de Mayagüez para uso exclusivo de las mejoras correspondiente al Centro Médico de Mayagüez, particularmente a la Sala de Traumas, y el alcalde, usó el dinero para fines NO autorizados por la Asamblea Legislativa provocando de esta manera la pérdida del dinero.

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