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Rivera Schatz dice proyecto de aborto es para que la mujer tome una decisión "inteligente"

El proyecto fue presentado junto a la senadora Keren Riquelme

Rivera Schatz Archivo

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El expresidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, defendió el proyecto que presentó ante la Cámara alta, junto a Keren Riquelme, para regular el aborto en Puerto Rico.

Metro Puerto Rico publicó en la mañana de hoy el Proyecto del Senado 591, donde se dispone incluir nuevas reglamentaciones para practicar un aborto en la Isla, incluyendo si se trata de una menor de edad.

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Para el legislador, la pieza legislativa busca que la mujer tenga acceso a información antes de terminar el embarazo. “El proyecto lo que está pidiendo es, que cualquier mujer que pretenda terminar su embarazo lo haga de la manera inteligente”, comentó Rivera Schatz en Telemundo.

“Que tenga todas las herramientas y conozca todos los beneficios y todos los riesgos que se enfrenta, y si sobrevive una criatura, cual va a ser la ruta a seguir de esa criatura que sobrevive a un aborto”, agregó.

En el proyecto, denominado como “ley para la protección de la mujer en los procedimientos de terminación de embarazo y la preservación de la vida”, busca hacer política pública del Gobierno que la mujer debe ser orientada, verbalmente y por escrito, que tiene la opción de retener o retirar su consentimiento hasta el momento antes de llevarse a cabo el procedimiento de terminación. Además, se deberá recibir una descripción de los riesgos potenciales, la consecuencias y los beneficios del procedimiento, incluyendo orientación sobre las ayudas, alternativas disponibles como la adopción.

Por otro lado, también se debe notificar sobre las protecciones aplicables al derecho de confidencialidad conforme a la reglamentación a nivel estatal como federal, recibir copia de la información suministrada a la paciente y tener derecho a copias del consentimiento por escrito y firmado por la paciente.

El artículo 11 que se expone en el proyecto, llamado “ultrasonido”, indica que todo centro deberá realizar el mismo si la paciente así lo desea.

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En el caso de las menores de edad, se propone que toda menor de 18 años podrá realizar el proceso solo si el médico obtiene el consentimiento de padre o madre que ostenta la patria potestad o el o la tutor legal.

Además, se indica que “la menor embarazada puede solicitar, ante un tribunal de justicia, que un juez emita una resolución permitiéndole abortar sin el consentimiento requerido”, esto si demuestra que ninguna de las personas cuyo consentimiento debe obtenerse se encuentra disponible o, de estar disponible, se niegan a dar el consentimiento.

Otras regulaciones presentadas en la pieza se relacionan a los establecimientos, sus estructuras y procedimientos a seguir, y las multas que se exponen, $10 mil por cada violación, de no cumplir con los requisitos.

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