Luego de un proceso electoral y un conteo de votos atropellado, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) se apresta a comenzar esta semana el escrutinio general, tras el cual se conocerá de forma oficial a todos los candidatos electos que entrarán en funciones el 2 de enero de 2021.
A continuación, te presentamos 10 cosas que debes conocer sobre este proceso, que se estará llevando a cabo en el coliseo Roberto Clemente en Hato Rey.
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1. ¿Qué es el escrutinio general?
Con la excepción de aquellas carreras que requieren de un recuento, el escrutinio general se limita a un “cuadre” de actas, en los que se revisa que las papeletas depositadas en las urnas en los colegios de votación correspondan al total de votos emitidos según los recibos de las máquinas de escrutinio electrónico. Cuando se identifica alguna discrepancia, se abren los maletines de colegio con las papeletas votadas y se reintroducen en las máquinas de escrutinio electrónico para obtener el resultado certero.
2. Duración
El escrutinio general está pautado para comenzar este martes, luego de que hoy se le administren pruebas de Covid-19 a los funcionarios que participarán del proceso. El escrutinio general suele extenderse por varias semanas. En 2016, por ejemplo, los últimos resultados oficiales se transmitieron al sistema de la CEE el 7 de diciembre, casi un mes después de las elecciones del 8 de noviembre.
3. Recuento
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Por ley, las contiendas cuyo resultado preliminar haya derivado en una diferencia menor de 0.5% o de 100 votos o menos entre el ganador y su más cercano perseguidor serán objeto de un recuento papeleta por papeleta. Todas las papeletas, con excepción de las que deban ser adjudicadas manualmente, serán introducidas en las máquinas de escrutinio electrónico para obtener un nuevo recibo con los resultados de cada colegio. La CEE no ha aclarado qué ocurrirá con las contiendas en las que se haya obtenido un resultado preliminar que no requiera recuento, pero en las que todavía falte el conteo de papeletas que pudieran colocar la diferencia dentro del margen indicado.
4. Papeletas no contadas
Las papeletas que no hayan sido contadas en la noche del evento se referirán a la “Unidad de Añadidos a Mano” que se crea para cada precinto. Aquí se deberán contabilizar las papeletas que, por ejemplo, hayan sido rechazadas por las máquinas de escrutinio electrónico en los colegios de votación. También se creará una mesa especial, compuesta por los comisionados alternos de los partidos políticos, que se encargará de atender las papeletas en controversia.
5. Electores añadidos a mano
Cada partido asignará un representante a la Junta Especial de Añadidos a Mano y Recusaciones, que se encarga de decidir si los electores que votaron mediante este mecanismo en efecto eran elegibles para hacerlo. Una vez se determina que un elector tenía derecho a votar, el sobre con sus papeletas pasa a la Unidad de Añadidos a Mano para ser escrutadas y adjudicadas.
6. Mesas de escrutinio
El reglamento de las elecciones generales dispone que se habilitarán al menos 60 mesas de escrutinio simultáneamente. Contrario a lo que ocurre en las mesas de la Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado, en el escrutinio general cada mesa debe contar con un representante de la CEE, además de los funcionarios de cada partido o candidato independiente.
7. Certificación
Tan pronto culmine el escrutinio general o recuento para cada puesto electivo, la CEE emitirá una certificación que se le entregará al candidato ganador una vez tome el curso sobre uso de fondos y propiedad pública, que ofrece la Oficina del Contralor y someta sus estados financieros revisados. El Código Electoral dispone que solo el gobernador y comisionado residente electos son los únicos que pueden “ejercer discreción” sobre tomar este curso.
8. Impugnaciones
Luego de certificado un ganador, un candidato desfavorecido tendrá 10 días para impugnar ante el Tribunal de San Juan la elección. El candidato impugnado, a su vez, tendrá 10 días para responder por escrito a las alegaciones presentadas. El ganador certificado, con excepción de los legisladores estatales, podrá, sin embargo, ocupar el cargo para el que fue electo en tanto se completa el trámite judicial.
9. Ley de minorías
En esta ocasión no será necesario recurrir a la llamada Ley de Minorías para completar la composición de las cámaras legislativas. Este mecanismo, que busca evitar la concentración de poder en un solo partido, se activa únicamente luego de aquellas elecciones en las que el partido de mayoría obtiene más de dos terceras partes de los escaños en uno o ambos cuerpos. Al tomar en cuenta los posibles recuentos y las adjudicaciones de papeletas no contadas, cabe la posibilidad de esta vez que ningún partido tenga mayoría absoluta en la Cámara baja o el Senado.
10. Conservación de papeletas
La CEE tiene la obligación de preservar las papeletas y actas de escrutinio por 30 días luego de la certificación de la elección. Luego de ese periodo, procederá la destrucción de estos documentos, con excepción de aquellas papeletas o actas que sean objeto de alguna impugnación en los tribunales.