Coronavirus

Trabajadores por cuenta propia desde hoy pueden solicitar hasta $1,500 en incentivos

Las personas que tengan el enlace disponible en su cuenta de SURI deberá confirmar no más tarde de 30 de junio de 2020

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El Departamento de Hacienda comenzó hoy el proceso para que los trabajadores por cuenta propia que no hayan solicitados ayudas por el coronavirus gestionen los incentivos de $500 y $1,000.

La pasada semana la agencia anunció que habían flexibilizado los requisitos para quienes no se han beneficiado de los incentivos que se han otorgado durante la emergencia por la pandemia de COVID-19.

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El secretario de Hacienda, Francisco Parés indicó anoche en su cuenta de Twitter que ya más de 2,400 personas han aprovechado la oportunidad para solicitar el dinero.

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De igual forma, la agencia precisó que cualifican aquellos individuos que trabajan por cuenta propia y que posterior al 15 de marzo de 2020, han cumplido con su responsabilidad de inscribirse en el Registro de Comerciantes en el Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI).

Cómo solicitar el incentivo

  1. Los que tengan el enlace en SURI de que cualifican para el incentivo deberán notificar su número de cuenta bancaria antes del 30 de junio de 2020.
  2. Para acceder al enlace, el individuo deberá entrar a su cuenta en SURI.
  3. En la sección Alertas, seleccionar el enlace Incentivo Económico, completar la información bancaria requerida y oprimir Someter.

Mientras tanto, la agencia recalcó que los cuentapropistas deberán tener un Certificado de Registro de Comerciante (Modelo SC 2918) vigente al 11 de junio de 2020.

Además, deben haber radicado la Planilla 2019 y la misma deberá reflejar que tiene ingresos de trabajo por cuenta propia.

De aún no haber radicado la Planilla 2019, deberá de haber recibido al menos un Formulario 480.6SP, Declaración Informativa – Servicios Prestados, para el año contributivo 2019 en el que se le reporte los pagos recibidos por servicios prestados como individuo o un Formulario 480.6A, Declaración Informativa – Otros Ingresos No Sujetos a Retención, para el año contributivo 2019, en el que se le reporten pagos recibidos por concepto de comisiones y honorarios.

 

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