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Rector del Recinto de Ciencias Médicas reacciona a reunión del Senado Académico

Se expresó sobre Proyecto de Resolución del Comité de Asuntos Claustrales al señalar que está fuera de las facultades conferidas

Segundo Rodríguez Dennis Jones

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Segundo Rodríguez Quilichini, rector del Recinto de Ciencias Médicas (RCM) de la Universidad de Puerto Rico (UPR) expresó que el Proyecto de Resolución propuesto por el Comité de Asuntos Claustrales está fuera de las facultades conferidas al Comité y al Senado Académico del RCM por su Reglamento y la Ley.

Las expresiones surgen luego del intento de algunos miembros del Comité de aprobar una moción sobre la que, según destacó, no tienen facultad en ley ni en reglamento para exigir lo peticionado, por lo cual todos los decanos del RCM decidieron concluir su participación en la reunión virtual.

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“El récord demuestra que he rendido todos los Informes requeridos al Senado Académico; siempre con una actitud y proceder de apertura, transparecia e inclusión. Y teniendo como prioridad, salvaguardar la seguridad de todos los miembros del Senado ante el COVID-19. Acorde al principio de transparencia y según procede, todas las Actas del Senado Académico se firman y se colocan en la plataforma acompañadas de sus correspondientes certificaciones. Soy un fiel promotor de la función de asesoría en asuntos académicos que tiene el Senado Académico como foro oficial del claustro. Aún en medio de la situación que atraviesa el País, por motivo del COVID-19, he procurado lo indecible para mantener el foro operacional y en funciones para el beneficio del Recinto de Ciencias Médicas y la UPR. Yo continúo enfocado y en la mejor disposición de diálogo e intercambio de ideas para trabajar unidos por el bienestar del Recinto de Ciencias Médicas, la UPR y Puerto Rico. Confío en que estamos unidos en ese objetivo”, expuso el doctor Rodríguez Quilichini.

Según el doctor Agustín Rodríguez, Decano de la Escuela de Medicina del RCM, “el Senado tiene que regirse por las funciones para las cuales está constituido. La moción presentada hoy es improcedente porque quien único le puede retirar la confianza a una persona que ha sido nombrada es la persona o el ente que lo nombró. Esta moción no tiene una base reglamentaria ni existe una ley de la Universidad de Puerto Rico que permita o que abra la puerta a este tipo de situación”.

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