Locales

Aprueban licencias provisionales a veterinarios del extranjero

Para brindar servicios gratuitos, como los que se ofrecen en los Spayathon

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Tras la emisión de una sentencia declaratoria sobre un injunction permanente por parte del Tribunal de Primera Instancia en la que declaró nulas e inválidas varias Ordenes Ejecutivas, en cuanto a la concesión de dispensas a médicos veterinarios sin licencia en Puerto Rico que ofrecían servicios gratuitos en Spayathon for Puerto Rico, el Senado aprobó hoy que se establezca una licencia provisional para médicos, técnicos o tecnólogos veterinarios licenciados de otras jurisdicciones de Estados Unidos u otros países que vengan a la Isla a trabajar en este tipo de eventos de manera gratuita al público.

Según establecido en el Proyecto del Senado 1621, de la autoría del senador Miguel Romero Lugo, todas las licencias provisionales emitidas por la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios expirarán 30 días a partir de la fecha de su emisión y podrán renovarse hasta tres veces al año.

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La licencia provisional será emitida por la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios, entidad que se deberá cerciorar que los médicos, técnicos o tecnólogos veterinarios licenciados que lleguen a la Isla para ofrecer sus servicios gratuitos al público cumplan con los requisitos de la Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria y que sus servicios sean en conjunto con un albergue de animales u organización de bienestar animal organizada conforme a las leyes del gobierno de Puerto Rico.

Al defender la pieza legislativa, el senador Romero Lugo opinó que la determinación del tribunal provocó “ una gran preocupación y activismo de muchas organizaciones” por lo que se mostró sumamente complacido con la aprobación de la misma porque a su juicio “atiende una preocupación muy genuina de muchas personas en y fuera de Puerto Rico”.

Por su parte, el senador José Vargas Vidot opinó que “no todo el mundo tiene el dinero para entrar a un veterinario. La mayoría de los veterinarios han desarrollado maratones junto a organizaciones de rescatistas con el propósito de las personas tengan acceso a que sus animalitos sean vacunados y esterilizados…Eso no le roba negocio a los veterinarios codiciosos”.

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“Es importante que se continue brindando estos servicios gratuitos que de otra forma el Estado no puede proveer”, añadió.

Los médicos, técnicos o tecnólogos veterinarios enviarán su solicitud a la Junta con al menos 60 días de anticipación a la fecha que tenga prevista para ofrecer los servicios veterinarios. La Junta deberá evaluar todas las credenciales del solicitante, incluyendo la documentación que evidencie que está en cumplimiento “good standing”) en la jurisdicción de la que provenga.

Asimismo, el director de dicho albergue u organización de bienestar animal deberá enviar una declaración jurada con acuse de recibo sobre dicha gestión a la Junta con al menos 60 días de anticipación al evento. En dicha comunicación también deberá incluir toda la información correspondiente de la actividad así como las credenciales del veterinario solicitante (nombre, dirección, teléfono, estado o país donde practica la medicina médico-veterinaria y número de licencia). De igual forma, deberá anejar evidencia de la licencia, permiso o documento análogo expedido en la jurisdicción en que esté autorizado a prestar servicios veterinarios o relacionados con aquella documentación que evidencia que está en cumplimiento (“good standing”) en la jurisdicción de donde provenga.

El número de animales realengos ha sido estimado en “miles de millones” de gatos y perros abandonados, lo que a juicio del senador Romero Lugo “ha abarrotado y comprometido” el sistema de albergues del País y cuyo resultado es que el 90 por ciento.

Aprueba aumentar subsidio de vivienda para los veteranos

El Senado aprobó hoy el Proyecto del Senado 1460 de la autoría del senador Héctor Martínez Maldonado que tiene como propósito aumentar los subsidios máximos otorgados a los veteranos acogidos a los sistemas domiciliarios y de cuidado de enfermería, respectivamente, a la vez que también aumenta el monto anual de las obligaciones en que la Oficina del Procurador del Veterano incurrirá para cumplir con estas disposiciones.

El subsidio máximo a otorgarse en el caso de los veteranos acogidos al sistema domiciliario no excederá la suma de $600 mensuales. A su vez, el subsidio máximo a otorgarse en el caso de los veteranos acogidos al sistema de cuidado de enfermería no excederá los $800 mensuales.

Esta medida enmienda la Ley del Programa de Subsidio de Arrendamiento para Vivienda a los Veteranos Puertorriqueños, que creó un programa para subsidiar el pago mensual del arrendamiento de la vivienda establecida al amparo de Ia Ley Pública Núm. 88-450 de 19 de agosto de 1964, mejor conocida como Nursing Home Care a todo veterano y su cónyuge o cónyuge supérstite de un veterano.

Con la aprobación de esta ley, el gobierno de Puerto Rico, en colaboración con el federal, establecieron una ayuda adicional a los veteranos puertorriqueños para sus necesidades de vivienda.

“Bajo dicho programa, los veteranos puertorriqueños podrían cualificar para un subsidio que consistirá en reducir su pago mensual de arrendamiento, dependiendo del ingreso mensual del veterano. Para la concesión de tales subsidios, la Ley 313, creó un fondo especial, y a su vez, delegó a la Oficina del Procurador del Veterano, la responsabilidad de incurrir anualmente en obligaciones hasta el límite de $1,600,000, para el cumplimiento de los propósitos de dicha Ley”, explicó Martínez Maldonado.

Pero, según advierte el Proyecto de ley, no obstante, la implementación de la Ley 313 se ha visto trastocada, entre otras cosas, debido al incremento en los costos de los servicios relacionados con su sistema domiciliario y de cuidado de enfermería. Asimismo, el programa se ha visto afectado por un gran incremento en la cantidad de participantes o beneficiarios desde la aprobaci6n de la Ley 313.

Estos factores, según el senador Martínez Maldonado menoscaban el buen funcionamiento del programa. Ademes, afectan los servicios que se les brindan a los veteranos puertorriqueños que dependen o necesitan del mismo.

De paso se crea un fondo especial que se conocerá como “Fondo de Subsidio de Arrendamiento para Vivienda a los Veteranos”. Este Fondo será administrado de acuerdo con las normas y reglamentos que la Oficina del Procurador del Veterano adopte, en armonía con las disposiciones vigentes para la administraci6n de fondos similares. El Fondo será utilizado por el Procurador del Veterano para otorgar los subsidios provistos en esta Ley.

Todas estas medidas, así como otras, fueron aprobadas. El próximo día de Sesión será el martes 16 de junio de 2020 a la 1:00 p.m.

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