El senador por el Partido Nuevo Progresista (PNP) William Villafañe Ramos presentó hoy sábado la Resolución Conjunta del Senado 543, para ordenar a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) a realizar la prueba de COVID-19 a todos los funcionarios electorales que rindan sus servicios durante los eventos electorales que se efectuarán en el año 2020, incluyendo cualquier escrutinio, recuento o actividad relacionada a dichos eventos.
La medida establece que la prueba debe realizarse antes y después de cada evento, así como requerir la disponibilidad de artículos de protección e higiene para laborar en los centros de votación y autorizar el pago de un estipendio de cien dólares a los funcionarios de colegio para gastos de alimentación, hidratación, transportación y otros relacionados a su colaboración.
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“La democracia no puede aplazarse. Existen mecanismos de prevención que ayudan a que los procesos de votación fluyan con un nivel de riesgo mucho menor. Entre las iniciativas preventivas se destacan la realización de pruebas y el rastreo de contagios. Es pertinente aplicar estas acciones en los procedimientos electorales que llevaremos a cabo en los próximos meses”, expuso el legislador mediante declaraciones escritas.
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Los eventos electorales en Puerto Rico tienden a congregar a cientos de personas en un mismo centro de votación.
“Los funcionarios de colegio son las personas que, sin remuneración especial, interactúan con la totalidad de los que asisten y participan de la votación. Al mismo tiempo, es necesario incentivar la disponibilidad de funcionarios de colegio. Para ello, es meritorio garantizarles un ambiente seguro y cubrir sus gastos relacionados al día del evento, evitando riesgos innecesarios”, añadió el senador.
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El resultado de la prueba, de cada funcionario, deberá conocerse por lo menos 24 horas antes del inicio del proceso electoral o de votación en que trabajarán. Si el resultado de la prueba previa al evento o actividad electoral es positivo se le notificará inmediatamente a la persona y al Departamento de Salud para que reciba las debidas atenciones, cuidados y tratamientos.
Por último, la CEE proveería inmediata y confidencialmente al Departamento de Salud la información de las personas que interactuaron con el funcionario infectado durante el proceso electoral correspondiente, esto solo para fines de rastreo y prevención de contagios consecuentes.