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Causa probable contra senador Abel Nazario

El presidente de la Comisión de Ética del Senado de Puerto Rico, Ángel “Chayanne” Martínez explicó que ahora procede otorgarle sesenta (60) días a Nazario Quiñones para tomar acciones sobre el particular, entre estas, solicitar audiencia ante los miembros de la Comisión de Ética

El presidente de la Comisión de Ética del Senado de Puerto Rico, Ángel “Chayanne” Martínez Santiago, informó hoy que dicho organismo recibió el Informe del Panel de Ciudadanos que pertenece a esta comisión y que dichos miembros del panel, después de evaluar toda la prueba sobre la querella radicada en contra del senador Abel Nazario Quiñones decidieron por unanimidad que había causa probable contra el legislador.

Martínez Santiago explicó que ahora procede otorgarle sesenta (60) días a Nazario Quiñones para tomar acciones sobre el particular, entre estas, solicitar audiencia ante los miembros de la Comisión de Ética. A su vez, dijo que dicho organismo tiene el mismo término, o sea sesenta (60) días para ver en su fondo, la querella, presentada por el Presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz.

“La Comisión de Ética se reunió los días 13 y 18 de febrero de 2020 para recibir el Informe y proceder con su análisis. Luego del correspondiente proceso deliberativo, los miembros de la Comisión de Ética, determinan por unanimidad de los presentes, aceptar el Informe del Panel de Representantes del Interés Público y dar curso a la querella a tenor con lo que dispone la Sección 13 (k) del Código de Ética”, indicó Martínez Santiago.

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Según la Resolución emitida por la Comisión de Ética, sus miembros determinan, además, que la comunicación del Presidente del Senado y el Informe constituyen, para todos los fines legales, como la Querella, para efectos de las etapas sucesivas bajo el Código de Ética. La Comisión de Ética evaluó el lenguaje de la citada Sección 13 (k), que de una lectura estricta se entiende que para dar curso a la querella bastaba con la notificación al Presidente de la Comisión.

“No obstante para garantizar de la manera más amplia el debido proceso de ley, la Comisión en pleno atendió el Informe y determinó que el término de sesenta (60) días laborables comienza a de cursar al momento en que el Senador Nazario Quiñones sea notificado, que, dicho sea de paso, ambas partes, tanto el querellante como el querellado fueron notificados”, explicó el presidente de la Comisión de Ética de la Cámara Alta.

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