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PFEI señala "deficiencias" en investigación de Justicia sobre el chat de Telegram

El ente gubernamental anunció hoy la designación de un FEI para seis integrantes del polémico chat.

Tras la designación de un Fiscal Especial Independiente a cinco integrantes del polémico chat de Telegram, la Resolución del Panel apunta a deficiencias en la investigación inicial del Departamento de Justicia.

El pasado 10 de enero, el Departamento de Justicia (DJ) refirió al Panel del FEI a los 12 integrantes del chat de Telegram —en el que participaban el entonces gobernador Ricardo Rosselló y sus asesores más cercanos— para que evaluaran designar un FEI para los funcionarios. Sin embargo, contrario a lo que plantea la ley del FEI, la secretaria de Justicia, Dennise Longo, no especificó posibles delitos cometidos por parte de Rosselló o alguno de los integrantes del chat.

En ese momento, Longo justificó su referido debido a que la Ley habilitadora del FEI no le requiere especificar en su informe los posibles delitos que pudieron haber cometido las personas referidas al organismo legal.

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En la Resolución, según el comunicado de prensa del PFEI, se detallan deficiencias en la investigación preliminar de Justicia, se excluye de nombramiento de FEI al exsecretario de Estado, Luis Rivera Marín, al exsecretario de la Gobernación, Raúl Maldonado Gautier, al exsecretario de la Gobernación, Ricardo Llerandi Cruz, y a los contratistas Carlos Bermúdez Urbina y Rafael Cerame D’Acosta. No obstante, los fiscales podrán ampliar su investigación y presentar acusaciones si surge prueba contra estos en el curso de la misma.

“Con esta disposición legal debe quedar claramente establecido que no habrá impedimento para ampliar la investigación si los FEI obtienen prueba mediante la cual puedan presentar un caso ante el Tribunal de Primera Instancia”, reza la resolución.

Asimismo, la Resolución del PFEI precisa que a pesar de que el DJ remitió 37 cajas de documentos, estas solo incluían cinco declaraciones juradas y no en todas ellas, se mencionaron comisiones de delito por parte de todos los participantes del “chat”.

“No obstante, debemos hacer constar que el récord de Justicia está huérfano de prueba que involucre —más allá del “chat”— a varios de sus participantes. Peor aún, hay ausencia de prueba que apoye una mera recomendación de nombramiento de FEI en cuanto a algunos de los delitos que se les atribuyen a las personas contra las cuales nombramos FEI”, expresa la resolución del Panel. Por ello, la encomienda a los FEI se circunscribe a los posibles delitos identificados por el Panel en los documentos bajo juramento sometidos por el DJ.

Además, el Panel subrayó en su Resolución que “para algunos de los delitos que el DJPR hace mención, no se nos ha provisto, conforme a derecho, una mínima prueba que justifique su recomendación de nombramiento de FEI”.

El Panel descartó devolver el caso al DJ, para que subsanara lo relacionado a la deficiencia de prueba sobre algunas de las personas referidas y, al así hacerlo, determinó lo siguiente:

“Concluimos que no sería procedente que el Panel optara por devolver la totalidad del caso al DJPR, porque estaríamos dejando de actuar sobre los funcionarios para los que se incluyó información bajo juramento, ya que esa es una responsabilidad que nos impone el deber ministerial establecido en la Ley , se consignó.

El PFEI determinó hoy asignar a los fiscales especiales independientes Miguel Colón Ortiz y Leticia Pabón Ortiz para que investiguen posibles delitos cometidos por Rosselló, Christian Sobrino Vega, Alfonso Orona Amilivia, Ramón Rosario Cortés, Edwin Miranda Reyes y Elías Sánchez Sifonte.

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