El referido por parte del Departamento de Justicia (DJ) a la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI) en torno a la investigación del chat de Telegram no incluyó una lista de los posibles delitos que se le pudiesen imputar a las 12 personas implicadas, incluido quien fuera gobernador, Ricardo Rosselló.
Ello provocó interpretaciones encontradas entre Justicia y el FEI sobre los requisitos de ley.
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La secretaria de Justicia, Dennise Longo, argumentó que la Ley habilitadora del FEI no le requiere especificar en su informe los posibles delitos que pudieron haber cometido las personas referidas al organismo legal.
“La comunicación al Panel no imputa delito. Recae en el FEI, que el Panel tenga a bien nombrar, determinar si se debe o no imputar delito”, indicó la funcionaria mediante declaraciones escritas. Agregó que la agencia se limitó a enviar la información recopilada y recomendar que se nombre a un FEI.
Por su parte, la presidenta del Panel del FEI, Nydia Cotto Vives, indicó que hasta ayer no había examinado el informe de 109 páginas que sometió el DJ a la entidad gubernamental que dirige. Agregó que la Oficina del FEI aún se encuentra recibiendo documentos de Justicia y que esperan culminar el proceso el próximo viernes. No sería hasta la semana que viene que el panel del FEI pueda examinar el informe.
Cotto Vives explicó que, aunque no había estudiado el informe, el referido de Justicia debería incluir los posibles delitos cometidos por los funcionarios que integraban el chat.
“Solamente dice que nos lo están refiriendo… El informe que rinde Justicia, pues, obviamente, tendría que tener específicamente qué es lo que se aduce para cada una de las personas que fueron referidas, pero la comunicación de Justicia no lo dice”, confirmó la funcionaria, al tiempo que afirmó que la ley del FEI establece que, al menos, una declaración jurada debe imputar delito.
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Por su parte, Mayra López Mulero, representante legal de Raúl Maldonado, uno de los integrantes del chat, indicó que no se les notificó qué delitos se le imputó a su cliente. Sostuvo que Justicia tan solo refirió el proceso al Panel del FEI para que sean ellos quienes determinen o no si existe la comisión de algún delito.
“Indudablemente, el interés es que esto no tenga ninguna consecuencia y que sea entonces el FEI quien pague por las culpas, por la incompetencia y encubrimiento promovido por el Departamento de Justicia”, señaló.
Denunció que del referido “se expresa claramente que, según el criterio del Departamento de Justicia, ellos no pudieron hacer hallazgos que tiendan a establecer la comisión de delitos. [Eso] hiere la retina y ofende el intelecto”, dijo la jurista en entrevista telefónica.
A preguntas de Metro, Longo tampoco precisó por qué el referido incluyó a Yennifer Álvarez, exportavoz de prensa de La Fortaleza, y a Rossy Santiago, exdirectora de la Oficina Central de Comunicaciones de la Oficina del Gobernador. Reiteró que el informe no imputa delito a las personas referidas.
Cotto Vives, quien preside el FEI desde el 2010, recordó anteriormente los informes de Justicia al hacer sus referidos incluían los posibles delitos de los implicados.
Cuando el Panel termine de recibir los documentos de Justicia, no tiene una fecha límite para determinar si corresponde o no asignar un FEI. En caso de que concluyan que sí es meritorio designar un FEI, este deberá completar su propia investigación en un término que no debe exceder los 90 días, según la ley.
Resta importancia a denuncias
A pesar de las críticas de López Mulero en torno al proceso investigativo y el referido al Panel del FEI, Longo dijo que la dependencia que dwirige cumplió su responsabilidad de investigar.
“El Departamento de Justicia ha cumplido cabalmente con su responsabilidad ministerial de remitir al Panel el resultado de su investigación preliminar y realizar una recomendación sobre la necesidad de nombrar un FEI que investigue”, manifestó la funcionaria.
Responsabilidad de Justicia
Para el exfiscal Osvaldo Carlo, la ley habilitadora del FEI establece que —aunque el organismo judicial puede realizar otra etapa de investigación—, Justicia debe identificar los delitos que le imputa a cada persona.
“Sí puede ocurrir que una vez en la oficina el FEI, el FEI amplíe su investigación, eso es otra cosa. Pero no se supone que el FEI empiece en cero. O sea, no es un proceso de recopilar papeles y recopilar testimonios y ponérselos en la falda al FEI. Requiere del Departamento de Justicia una evaluación de que se ha cometido delito y qué delitos se han cometido”, señaló el letrado en entrevista telefónica con Metro.