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Municipio de Ponce tendrá que devolver $174 mil en salarios de gabinete

Tras publicar informe del Contralor

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El Municipio de Ponce tendrá que devolver más de 174 mil dólares en salarios devengados por nombramientos en el gabinete para los cuales no se siguió el debido proceso, según el informe que emitió la Oficina de la Contralora en Puerto Rico.

En el informe de  la contralora, Yesmín Maldonado, se recomienda a la alcaldesa del municipio, María Mayita Meléndez que remueva de sus puestos a los funcionarios.

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La investigación revela que el Municipio de Ponce pagó 174,723 dólares a ocho funcionarios cuyos nombramientos no fueron remitidos a la consideración de la Legislatura Municipal no más tarde de 90 días desde su nombramiento, según dispone el Artículo 6.002(a) de la Ley 81-1991 de Municipios Autónomos. Esta ley establece que, si el alcalde no somete el nombramiento en el término establecido, el funcionario cesará inmediatamente en el cargo.

Los nombramientos investigados, se remitieron a la Legislatura Municipal para su confirmación entre 3 y 12 meses con posterioridad al mandato de ley. Estos nombramientos corresponden a la dirección de Finanzas y Presupuesto, Ingeniería, Ordenación Territorial, Fomento Turístico, Industrial y Económico, Servicios Legales y Oficina de Permisos. Además, incluye al Comisionado de la Policía Municipal y al Gerente de Asuntos Administrativos Internos.

La querella fue sometida por dos legisladores municipales de Ponce, Luis Irizarry por el Partido Popular Democrático (PPD)Justiniano Díaz Maldonado del Partido Independentista (PIP). En la misma se denunció que para los nombramientos de ocho funcionarios del Municipio no se siguió el debido proceso.

“Nosotros habíamos alertados a la legislatura que esos nombramientos se habían pasado de fecha, la alcaldesa se pasó los 90 días de requisito Ley Municipio Autónomo para confirmar el nombramiento de esos secretarios de gabinete”, explicó Irizarry en Radio Isla 1320.

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La investigación de la Oficina del Contralor concluye que los nombramientos son nulos a partir de la fecha en que debieron cesar en sus puestos. Además, recomienda que se deben cesar de inmediato los ocho puestos, ordenar una acción de recobro de los salarios devengados y que se cumpla con las recomendaciones de esta investigación.

 

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