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Entra en vigor ley que ordena a Forenses disponer de cadáveres identificados pero no reclamados

Tras 10 días desde la autopsia e investigación del cuerpo

El Proyecto de la Cámara 1698, que aclara la facultad que tiene el Negociado de Ciencias Forenses (NCF) para disponer de los cadáveres no reclamados luego de 10 días desde la autopsia e investigación, fue convertido en la Ley 117 del 1 de agosto de 2019.

Así lo informó el martes, el presidente de la Comisión cameral de Salud, Juan Oscar Morales.

“Esta ley, que ya entró en vigor, aclara lo dispuesto específicamente en el Artículo 4.20 para que el Negociado proceda a disponer de esos cadáveres, ya sea mediante cremación, enterramiento o destinarlos para estudios científicos. De esta forma, podrá reducirse el inventario, liberar espacio en la morgue y facilitar un mejor manejo del almacenamiento de cadáveres”, sostuvo Morales en declaraciones escritas.

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Indicó que el estatuto es una de las medidas presentadas para atender la acumulación de cadáveres en el NCF y aclara lagunas existentes en la interpretación de la Ley 20 del 2017 que rige al Departamento de Seguridad Pública (DSP), sobre los cuerpos identificados pero no reclamados.

El representante, señaló que la medida surgió a raíz de la investigación que se llevó a cabo en la Cámara de Representantes para atender la acumulación de cuerpos que eran almacenados en contenedores ubicados en los predios del NCF.

Además, dijo queda pendiente el Proyecto 1699 que le otorga la facultad al NCF de negarse a atender o recibir los casos de cadáveres por muertes naturales no sospechosas que le sean remitidos por los hospitales, clínicas, asilos, fiscales, entre otros, que no se encuentre debidamente fundamentada ni justificada su investigación para determinar causa de muerte.

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