El presidente de la Unión General de Trabajadores (UGT), Gerson Guzmán, denunció el martes, que por cuarta ocasión la corporación HIMA, supuestamente no pagará el bono de Navidad a sus empleados.
“Una vez más, este año, la corporación sometió al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos la solicitud de exención de dicho pago, recibiendo como respuesta la notificación de que sus Estados Financieros serán sometidos, a una auditoria antes de decidir sobre su solicitud y su obligación de pagar el bono establecido en el Convenio Colectivo”, dijo Guzmán en declaraciones escrityas.
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“No obstante, aunque HIMA solicita la exención del pago del bono, es la primera vez que un patrono no niega tener el dinero para ello, pero se niega a efectuar dicho pago y cumplir con la ley”. Conforme a lo indicado por la UGT, HIMA condiciona el pago del bono este año a que se le condone la deuda de años anteriores”, añadió.
Mencionó que la UGT ha radicado un recurso de solicitud de entredicho provisional, a los fines de asegurarse que se le haga justicia a los empleados de dicha corporación.
Explicó que en la demanda presentada por la UGT se hace un serio cuestionamiento del carácter confidencial que el Departamento del Trabajo le otorga a la solicitud de exención de pago por parte del patrono, el procedimiento mediante el cual se toma la decisión por el Secretario del Trabajo y la ausencia de información a los afectados por la decisión, quienes vienen a conocer de la misma cuando la decisión se hace pública.
“En la solicitud de interdicto provisional se resalta el hecho de que tal confidencialidad no está establecida en la Ley. Sobre todo, en un proceso que se ha establecido para no cumplir con la ley del bono navideño, razón por la cual la confidencialidad establecida está fuera de orden ya que el escrutinio debe ser mucho mayor”, dijo.
La solicitud legal presentada por la organización sindical “también hace referencia al hecho contradictorio para este año cuando la corporación HIMA ha hecho una representación a los funcionarios del Departamento del Trabajo de que posee los fondos para hacer dicho pago y mientras tanto ha descansado en que se le otorgue una exención que incluya también al personal unionado”.
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En la demanda el gremio argumenta que, aunque la Ley 148-1969 permite al empleado presentar una querella contra el patrono, el Departamento del Trabajo no le reconoce el acceso a la información financiera que es presentada por el patrono para ser eximido de la aplicación de la ley. Tampoco le reconoce el derecho a ser notificado de que su patrono ha solicitado ser eximido del cumplimiento de la ley.
“Dichas disposiciones adoptadas por el Departamento del Trabajo, en conjunto con el hecho de que el trabajador desconoce totalmente como se evalúan y se adjudican las exenciones a unos 1,600 patronos, en el breve lapso de tiempo que transcurre entre el 30 de noviembre y los primeros días del mes de diciembre, pues el bono debe pagarse antes del día 15 de dicho mes, son elementos presentados en la solicitud de Interdicto radicada en el día de hoy contra la corporación HIMA”, dijo Guzmán.
“Se solicita en la petición de interdicto provisional que se ordene una investigación y procesar la querella hecha por los demandantes, a la vez que se ponga fin a la falta de acceso de los trabajadores a la solicitud de exención y a los documentos que presenta el patrono ante el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos”, concluyó.