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Sindicatos en Puerto Rico condenan decisión del Tribunal Supremo de EE. UU.

La Corte determinó que los empleados públicos no pueden ser obligados a contribuir con cuotas a las organizaciones gremiales que los representan en las negociaciones colectivas

Aida Díaz (centro). Suministrada

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La Corte Suprema de Estados Unidos asestó el miércoles un golpe grave a los sindicatos, tras fallar que los empleados públicos no pueden ser obligados a contribuir con cuotas a las organizaciones gremiales que los representan en las negociaciones colectivas. Las organizaciones laborales son un baluarte político para los demócratas.

La mayoría conservadora en el tribunal anuló así una decisión de 41 años de antigüedad que permitía a los a los estados requerirle a los empleados públicos pagar cuotas a los sindicatos que los representan aun cuando los empleados no deseen incorporarse.

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Servidores Públicos Unidos de Puerto Rico, Concilio 95 AFSCME catalogó la determinación del caso Janus vs AFSCME como “un ataque de la mayoría conservadora” a los derechos de las familias trabajadoras en beneficio de los intereses de las grandes empresas y corporaciones multimillonarias en los EE. UU.

“Nuestros miembros se han reiterado en su compromiso con su unión, con SPU y con la defensa colectiva de sus derechos y beneficios. Esta determinación antiobrera lo que hace es beneficiar a los grandes intereses, pero a la misma vez fortalece el espíritu de lucha de las uniones”, sentenció Annette González, presidenta del Concilio 95 AFSCME, que agrupa a 11 mil empleados públicos activos y otros dos mil jubilados, de 10 agencias del Gobierno Central.

“Es vergonzoso que el Tribunal permitiera que los intereses millonarios detrás de esta demanda manipularan a la corte.” sentenció Annette González, presidenta de Servidores Público Unidos de Puerto Rico, Concilio 95 AFSCME.

“Algo positivo de esta determinación es que en la misma decisión el Tribunal Supremo reafirma los derechos de los trabajadores a organizarse en sindicatos, afiliarse a sindicatos y negociar colectivamente a través de sus sindicatos”, añadió.

La decisión, de cinco votos a favor y cuatro en contra, satisfizo un antiguo deseo del sector derechista de eliminar la norma en que personas que no son miembros de sindicatos pagan una mensualidad, vigente en una veintena de estados, según reportó Prensa Asociada.

Por su parte, la presidenta de la Asociación de Maestros, Aida Díaz, sostuvo que la ley de sindicación de Estados Unidos es distinta a la ley de sindicación de empleados públicos de Puerto Rico.

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“La Ley 45-1998, conocida como la Ley de Sindicación de Empleados Públicos, se basa en el voluntariado. Es por eso que cuando se gana una elección sindical, los miembros de la unidad apropiada tienen 30 días para decidir si se afilian a la unión o no.  En esos 30 días, los que no quieren pertenecer a la unión y así no pagar cuota, lo pueden hacer. La experiencia es que la mayoría se mantiene afiliada porque la Unión es la única protección que tiene el trabajador contra la injusticia laboral”, afirmó.

Díaz aseguró que, si los trabajadores no estuvieran unionados, estarían a merced de los gobiernos y grupos patronales. “El ejemplo lo vimos hace días, si no fuera porque hay trabajadores organizados, ya no tendríamos Ley 80”, sostuvo.

Asimismo, la líder magisterial añadió que “la decisión que tomó el Tribunal Supremo Federal solo busca beneficiar a entes que actúan como pretende actuar aquí la Junta de Control Fiscal, Julia Keleher y otros monigotes de millonarios que quieren vivir en la opulencia a costa de la miseria de otros. Que esa decisión alerte más aún a los trabajadores en Puerto Rico, y los que aún no han podido tener la oportunidad de organizarse en sindicatos, lo hagan, porque es quién único los podrá defender. ¿O es que acaso existe algún trabajador que aún piense que la Junta de Control Fiscal llegó para protegerlo?”.

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