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4 recortes de beneficios en la reforma laboral presentada por la Junta

Indicaron que los recortes generarán 330 millones de dólares en recaudos durante los seis años del plan fiscal

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La Junta de Control Fiscal (JCF) publicó hoy en su página web el borrador de su reforma laboral, contenida en el plan fiscal certificado la pasada semana.

En la Exposición de Motivos de la medida, aseguran que “a menos de que Puerto Rico aumente sustancialmente la tasa de participación laboral, los ingresos del pueblo siempre serán mucho menores de aquellos prevalecientes en los estados continentales y los puertorriqueños continuarán migrando”. La Junta también condiciona a que la Asamblea Legislativa apruebe la medida en o antes del 31 de mayo de 2018, y proyecta una vigencia de los recortes a partir del 1ro de enero de 2019.

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A continuación les mostramos cinco recortes incluidos en la medida:

  1. Elimina la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, que establece el bono de navidad. En el proyecto expone que “los derechos, obligaciones y limitaciones que surgen bajo dicha ley serán de aplicación para el bono correspondiente al año 2018”.
  2. Reduce la licencia de vacaciones a siete días al año
  3. Reduce la acumulación de la licencia de enfermedad a siete días por año
  4. Elimina la Ley 80, que protege al trabajador en caso de despido injustificado. “Al derogarse la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 5 1976, según enmendad, quedará vigente una normativa de que permite al empleado o el patrono terminar a su voluntad el contrato de empleo por término indefinido sin que esto conlleve ninguna responsabilidad civil”, indica la Junta en el documento de 10 páginas.

Sobre el aumento en el salario mínimo, la JCF lo condiciona al aumento de la tasa de participación laboral. “El salario mínimo de los empleados cubiertos aumentará a siete dólares con setenta y cinco centavos ($7.75 ) cuando la tasa de participación laboral en Puerto Rico exceda de cuarenta y cinco por  ciento (45%); a ocho dólares ($8.00) cuando la tasa de participación laboral en Puerto Rico exceda de cincuenta por ciento (50%); y a ocho dólares con veinticinco centavos ($8.25) cuando la tasa de participación laboral en Puerto Rico exceda de cincuenta y  cinco por ciento (55%).

La Junta indica en el borrador que las disposiciones entrarán en vigor tan pronto sea aprobada la medida.

 

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