Locales

Excluirían del IVU artículos de higiene para la mujer

La representante Jacqueline "Jackie" Rodríguez radicó el proyecto

menstrual thinkstock

PUBLICIDAD

La representante Jacqueline “Jackie” Rodríguez radicó esta tarde el P. de la C. 1485 para añadir añadir la Sección 4030.25 a la Ley 1-2011, a los fines de excluir los productos de higiene femenino durante el periodo menstrual, del Impuesto de Ventas y Uso (IVU).

“Los productos de higiene femenina para absorber el flujo menstrual deben clasificarse como artículo de primera necesidad junto a otras compras que están exentas del pago del IVU, como los alimentos no preparados y las medicinas recetadas”, enfatizó la representante del Distrito 25; Ponce, Juana Díaz y Jayuya.

PUBLICIDAD

Cabe destacar que para el 2015, en EE. UU. 45 estados que tenían algún tipo de impuesto al consumo, siete excluían específicamente los productos de higiene femenina. Entre ellos: Illinois, Maryland, Massachusetts, Minnesota, New Jersey, New York y Pennsylvania.

Durante el 2016, otros 13 estados estaban considerando exclusiones, por lo que Connecticut y el Distrito de Columbia se sumaron a dichas exclusiones.

“Nuestra misión siempre ha sido lograr la igualdad de la mujer y brindarles herramientas que necesitan para aportar al país. Con iniciativas como “Casa Mía”, el “Maletín Empresarial” y ahora con el “impuesto del tampón”, como se le conoce en otros países, la mujer trabajadora tendrá un alivio en tiempos difíciles, mientras le ofrecemos alternativas para emprender”, concluyó.

Según datos del Censo Federal, en el 2016 las mujeres constituían el 52.4% de la población total de Puerto Rico ( 1,787,635).

 

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último