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San Juan aprieta las reglas para las Fiestas de la SanSe

Los comercios no podrán utilizar generadores eléctricos y los visitantes tendrán que pagar más por la transportación desde el estadio Hiram Bithorn

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La Asamblea Municipal de San Juan aprobó este fin de semana la ordenanza que establece las nuevas regulaciones para la celebración de las próximas Fiestas de la calle San Sebastián, prohibiciones que fueron catalogadas como “excesivas” excandidato a la alcaldía de la Capital por el Partido Independentista Puertorriqueño, Adrián González.

Entre los ajustes se destaca el aumento en el cobro de multas, así como en el precio de la transportación que ofrecerá el municipio desde el estadio Hiram Bithorn. Además, quedaron terminantemente prohibidas las plantas eléctricas para los comercios que operen durante el evento.

“Cuando la mitad del país está sin luz y que no se sabe por cuánto tiempo el Viejo San Juan va a tener luz, va a entonces a prohibir las plantas eléctricas. ¿Si de momento hay un apagón en la Calle San Sebastián? ¿Qué van a hacer suspenderlas? Naturalmente van a necesitar plantas eléctricas, lo que tienen que hacer es regularlas, no prohibirlas”, apuntó González en entrevista con Notiuno.

Algunas de las disposiciones de la nueva ordenanza son las siguientes: 

  1. “Se prohibe a los/las dueños/dueñas de negocios y/o residencias, el alquiler o cesión de balcones con el fin de que se lleven a cabo promociones, se despliegue propaganda comercial a esos fines, y /o mostrar productos desde dichos balcones, sin contar con los permisos correspondientes, a ser expedidos por la Oficina de Permisos del Municipio de San Juan”. La violación a esta orden conllevaría una multa administrativa de $5 mil.
  2. “Se prohibe la rotulación temporal sobre fachadas públicas o cualquier espacio público, incluyendo la rotulación temporal para verse al exterior a través de cristales, sin la autorización de la Oficina de Permisos del Municipio de San Juan, durante los días de las Fiestas. De igual forma, se prohíbe el despliegue de comparsas de índole comercial promoviendo cualquier producto, sin la autorización de la Oficina de Permisos del Municipio”. La violación a esta orden conllevaría una multa de mil dólares para cada integrante de la comparsa y $5 mil a la compañía que promueva el producto.
  3. “Se prohíbe la utilización de artículos, equipos u objetos voladores, helicópteros, tales como “drones”, excepto aquellos autorizados por entidades gubernamentales con facultad en ley, y aquellos pertenecientes al Municipio Autónomo de San Juan, y de los auspiciadores y los encargados de la producción de las Fiestas debidamente autorizados”. La violación de esta orden conllevaría una multa de $5 mil.
  4. “Se prohíbe a los residentes, negocios y comercios la colocación, estacionamiento o instalación de generadores eléctricos, de cualquier capacidad, debido a que estos se convierten en un riesgo a la seguridad de nuestros visitantes. Solo están autorizados los generadores o torres de lu instalados y/o localizados por el Municipio de San Juan para los eventos y garantizar la iluminación en las rutas de escape en caso de una emergencia”. La violaci´øn de esta orden conllevaría una multa de $2 mil de multa más mil dólares por costo de desconexión y remolque si fuera necesario.

Vea el documento:

O2017-1812 by Metro Puerto Rico on Scribd

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