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Senado aprueba ampliar las facultades del Tribunal Supremo

La medida propone que los jueces del Supremo tengan participación a la hora de designar a sus homólogos en foros inferiores

El Senado aprobó hoy a viva voz el P. del S. 775, de la autoría de Thomas Rivera Schatz, para que el poder decisional en la Rama Judicial sea compartido entre el pleno del Tribunal Supremo y su jueza presidenta.

El proyecto enmienda varias leyes entre estas la “Ley de la Judicatura” y el “Código Electoral de Puerto Rico” a los fines de aclarar y demarcar las facultades y deberes administrativos del Tribunal Supremo.

Según la medida, el pleno del Tribunal Supremo designará los jueces para celebrar sesiones en el Tribunal de Primera Instancia y a los diversos paneles del Tribunal de Apelaciones de conformidad con las reglas de administración que adopte a esos fines.

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La facultad de designación de jueces había recaído, hasta la fecha, sobre el presidente o presidenta del alto foro judicial. 

La Asamblea Legislativa “recomienda” que dichos procesos de asignación de jueces se hagan con criterios “objetivos” o mecanismos “aleatorios que aseguren la transparencia e imparcialidad”.

Además, la presidencia del Tribunal Supremo podrá nombrar a los empleados de las distintas dependencias, instrumentalidades y juntas de la Rama Judicial de conformidad con las normas que adopte el propio foto.

Asimismo, se le otorga al pleno designar jueces del Tribunal de Primera Instancia para atender asignaciones especiales que deberán ser presididas por jueces con adiestramiento y conocimiento especializado en dichos temas.

También, para restablecer la facultad del Tribunal Supremo de asumir jurisdicción original en el recurso de mandamus, quo warranto y auto inhibitorio, así como armonizar la jurisprudencia aplicable que permite al Tribunal Supremo atender recursos de certificación intrajurisdiccional, motu propio, provenientes del Tribunal de Primera Instancia y recursos de certiorari provenientes del Tribunal de Apelaciones.

El proyecto bajo ninguna circunstancia pretende privar a la jueza presidenta del (Tribunal Supremo) de sus facultades y eso lo establece la propia medida. Nuestra Constitución establece que el Tribunal Supremo adoptará la administración de los Tribunales y que el presidente dirigirá esa administración pero es el pleno quien da forma a ese cuerpo reglamentario para conducir esa rama de poder que conocemos como la rama judicial de Puerto Rico”, dijo el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz quien instó a quienes no estén de acuerdo con el Proyecto de ley acudan a los tribunales.

El portavoz de la delegación de mayoría, Carmelo Ríos Santiago, dijo que la aprobación de esta medida “es democracia”. El senador añadió que anteriormente se había obviado la mayoría de este gremio colegiado y con este medida se les vuelve a dar el poder a la mayoría y no a una sola persona.

“A pesar del lenguaje de nuestra Constitución y de la intención de la Convención Constituyente (que le confiere el poder de reglamentar al pleno), todavía hay quienes insisten en que el (la) juez(a) presidente(a) es quien único debe ejercer el poder de administración en los tribunales. Como hemos visto, esa pretensión no tiene cabida en el texto de la Constitución y la intención que la forjó. Tampoco es compatible con la aspiración de que exista la mayor transparencia y deliberación en el proceso de asignación de jueces a las distintas responsabilidades”, reza la pieza legislativa.

Sin embargo, la presidencia del Tribunal Supremo continuará dirigiendo la administración y será responsable del funcionamiento “eficiente” de los tribunales, promoverá la responsabilidad de los jueces en la ejecución de sus obligaciones judiciales.

En la medida, Rivera Schatz reconoce que el Tribunal Supremo, como ente colegiado, tiene la potestad “incuestionable” de asignar jueces  y de aprobar reglamentos para las distintas cortes.

Asimismo, explica que es una “mejor práctica” que haya una colectivización en el análisis a la hora de asignar jueces y que no recaiga en una sola persona porque “un poder de tal magnitud, no debe estar concentrado en un solo lugar”.

Por otro lado, se aprobó el Proyecto del Senado 728, que enmienda la Ley de la Judicatura”, con el propósito de establecer que los jueces superiores sean nombrados y desempeñen su cargo por un sólo término de 16 años.

Rivera Schatz aclaró que la “carrera judicial” no se afecta ni trastoca con este proyecto. “El hecho de que un juez pueda ser nominado una vez al cargo de Juez Superior no va contra el cargo de juez. El propósito de que sea un solo término y de esa cantidad de años es para apartarlo de lo que ha sido la denuncia de la politización legendaria y perenne de la Rama Judicial”.

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