Locales

Tribunal rechaza desestimación del gobernador a demanda de Tatito Hernández

Un "No Ha Lugar" de la jueza superior

Demanda 509557490

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La jueza Superior Lauracelis Roques Arroyo determinó con un No Ha Lugar la desestimación de la demanda que presentó el representante popular Rafael “Tatito” Hernández Montañéz en la que arguye inconstitucionalidad de la Orden Ejecutiva 67 que crea la Oficina de Recuperación y Reconstrucción de Puerto Rico (OCRR).

“Por los fundamentos antes expuestos, se declara No Ha Lugar la solicitud de desestimación por falta de legitimación y activa y madurez presentada el 9 de noviembre de 2017. En consecuencia, el Tribunal establece que la parte demandante, Hernández Montañez, tiene legitimación activa para interponer la demanda de epígrafe”, sostuvo la jueza Roques Arroyo en su resolución.

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“Por otro lado, en virtud de la presentación del Escrito Informativo y Reiterando Desestimación49 presentado el 16 de noviembre de 2017, se concede a la parte demandante un término a vencer el 28 de noviembre de 2017, para que exponga su posición en cuanto a si la enmienda aprobada dispone, o no, finalmente de las controversias planteadas”, agregó.

Hernández Montañéz radicó una demanda contra el gobernador, Ricardo Rosselló Nevares, solicitando al Tribunal que declare inconstitucional la Orden Ejecutiva que crea la Oficina Central de Reconstrucción de Puerto Rico.

Explicó que en la demanda, solicitó que se emita un interdicto preliminar al gobernador para que suspenda de manera temporal la implementación de dicha Orden Ejecutiva (OE-2017-65) hasta que se resuelva la controversia.

“No podemos permitir que en medio del escándalo de Whitefish la respuesta del Ejecutivo sea la creación de un cuarto oscuro donde se oculte la impunidad de la corrupción gubernamental. Después del reclamo a gritos por transparencia en los foros locales como internacionales, es una total contradicción que la nueva entidad (cuarto oscuro) creada mediante decreto sea eximida unilateralmente por el Ejecutivo de la política pública de auditorías, rendición de cuentas, y de presentar informes”, sentenció Hernández Montañez en declaraciones escritas.

“Esta orden ejecutiva básicamente adopta por mandato unilateral el grueso de las funciones contempladas en los proyectos de ley bajo consideración legislativa, de los cuales ya fue descargado y derrotado en votación unánime en el Senado, y que la Cámara de Representantes no le dará paso. Nosotros no podemos permitir que esto ocurra ya que esta Orden Ejecutiva ignora el poder conferido en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a la Asamblea Legislativa para crear, definir y suprimir agencias en la Rama Ejecutiva”, manifestó el portavoz.

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Del mismo modo, Hernández Montañez argumentó en la demanda que la Orden Ejecutiva alega fundamentarse en un artículo de la Ley 20 del 10 de abril del 2017 que le concede al Gobernador ciertos poderes extraordinarios en casos de situaciones de emergencia o desastre, más sin embargo, esa propia ley no le concede al Gobernador la facultad de crear una nueva unidad gubernamental que reúna bajo la dirección de una sola persona tantos poderes, inmune a los procesos de fiscalización.

“Esta demanda busca detener esta afrenta contra la democracia por parte de un Gobernador que se ha asignado a sí mismo el poder absoluto para hacer y deshacer sin ser fiscalizado ni contar con la transparencia que reclama el Pueblo”, puntualizó Hernández Montañez al tiempo que aseguró que “se ve a todas luces una intención de la Rama Ejecutiva de repartir contratos a conocidos bajo la excusa de la situación de emergencia.”

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