El representante José Enrique “Quiquito” Meléndez, presentó el proyecto de la Cámara de Representantes 1183 con el fin de crear la “Ley Especial para Agilizar y Simplificar los Procesos para Contraer Matrimonio en Puerto Rico”.
Para Meléndez los procesos para divorciarse no pueden ser más fáciles que el de contraer matrimonio. A tales efectos, la nueva ley busca corregir ese desfase en nuestro derecho obligando a los encargados de los registros demográficos en Puerto Rico a expedir certificados o licencias para contraer matrimonio a aquellas personas que cumplan con la entrega de una declaración jurada en la que ambos contrayentes den fe de cumplir con ciertas disposiciones y requerimientos en el Código Civil de Puerto Rico.
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Según el legislador, la política pública del gobierno debe ser fortalecer la institución de la familia y los lazos afectivos entre las personas. Sin embargo, a través de las últimas décadas se han promulgado diversas leyes que han tenido como fin hacer viables las disposiciones del Código Civil relativas al matrimonio. Muchas de esas disposiciones que se utilizan en estos momentos datan de hace mas de 80 años, desde 1930, tiempo transcurrido que las ha convertido en leyes anticuadas e inservibles.
Con la nueva ley, los interesados en contraer nupcias solo tendrían que visitar un abogado notario para realizar una declaración jurada, cumplir con los requisitos para obtener el certificado de salud, y luego visitar la Oficina del Registro Demográfico más cercana para entregarlos y obtener su certificado o licencia para contraer matrimonio. De esta forma se eliminan una gran cantidad de trámites y formularios que hoy día se tienen que completar para poder contraer matrimonio.
“Los tiempos cambian, la sociedad cambia, y nosotros como legisladores tenemos que buscar medidas que se ajusten a las nuevas generaciones, que promuevan la unión, y que se adopten a una vida más ágil y menos burocrática. Esta nueva ley establecerá un mecanismo expedito para que los registros demográficos en Puerto Rico ofrezcan certificados o licencias para contraer matrimonio a las personas que entreguen una declaración jurada y en donde ambos contrayentes den fe de cumplir con las disposiciones de ley plasmadas en el Código Civil. De esta forma, eliminamos una gran cantidad de tramites y formularios innecesarios que los interesados en contraer matrimonio tienen que completar”, expresó el legislador.