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JCF autoriza al BGF a reestructurar deudas bajo Título VI

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La Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico autorizó hoy al Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (BGF) a reestructurar sus deudas bajo el Título VI de PROMESA y certificó, sujeto a ciertas condiciones, el Acuerdo en Apoyo a la Reestructuración , de conformidad con las disposiciones de dicho Título VI.

La decisión de la Junta fue en respuesta a la solicitud de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), con fecha del 30 de junio de 2017, en la cual la agencia indicó que la propuesta reestructuración, junto con ciertos acuerdos de transacción relacionados contemplados en el RSA, resultaría en una eficiente reducción paulatina y eventual cierre de operaciones y una abarcadora reestructuración financiera de las obligaciones del BGF.

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AAFAF indicó también que al proceder bajo el Título VI de PROMESA con el apoyo del número requerido de sus acreedores, se entiende que el BGF podrá lograr su objetivo de maximizar el valor para sus accionistas, a la vez que se evitan la demora, los gastos y la incertidumbre asociados a un litigio.

El RSA permite una reestructuración organizada y consensual de una porción substancial de las obligaciones del BGF, incluyendo los bonos públicos, reclamaciones sobre depósitos de municipios y de ciertas entidades no públicas y reclamaciones bajo ciertas cartas de crédito y garantías emitidas por el BGF (“Reclamaciones Participantes”).

A cambio de liberar al BGF de las obligaciones relacionadas a esas reclamaciones, los reclamantes obtendrán bonos nuevos a ser emitidos por una nueva entidad (el “Emisor”). Para asegurar y mantener una reserva para los bonos nuevos, el BGF transferirá al Emisor su cartera completa de préstamos municipales, ciertos activos de bienes raíces disponibles para la venta y cierta cantidad de efectivo.

Los nuevos bonos consistirán de tres series, A,B o C, cada una con términos distintos— incluyendo distintas tasas de interés (o cupón) y tasas de intercambio—de entre las cuáles los reclamantes podrán escoger. En general, a mayor la tasa de intercambio entre el valor de la reclamación actual y el valor de los bonos nuevos, menor será su tasa de interés (o cupón).

Las Series A y B estarán garantizadas por un primer gravamen sobre los activos a ser transferidos del BGF al Emisor con respecto a los pagos de principal y tendrán igual derecho a pagos amortizados de principal a partir del efectivo disponible. La Serie C estará garantizada por un segundo gravamen sobre los activos con respecto a los pagos de principal y, a menos que ocurra un evento de incumplimiento de pago, no tendrá derecho a pagos de principal hasta tanto las Series A y B se hayan pagado en su totalidad. El interés se pagará semi anualmente en igualdad de condiciones para las tres series en la medida en que haya efectivo disponible a partir de los cobros. Si el efectivo para el pago semi anual correspondiente fuese insuficiente, el interés se pagará “en especie”.

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El RSA ya cuenta con el apoyo del 51% de las Reclamaciones Participantes. Según AAFAF, al 21 de junio de 2017, 394 individuos, tenedores de más de $2,450 millones en reclamaciones contra el BGF, habían firmado el RSA, la vasta mayoría de los cuales son acreedores de la Isla. De hecho, más de 300 tenedores de bonos de la Isla y unas 50 cooperativas de la Isla han suscrito el RSA. El RSA también tiene el apoyo del grupo Ad Hoc de acreedores del BGF, que posee más de $1,000 millones en bonos públicos del BGF.

Se indicó también que, bajo el RSA, los depositantes municipales de Puerto Rico y los tenedores de bonos del BGF de la Isla recibirán trato igual que aquellos tenedores de bonos que están fuera de la Isla, todos como acreedores generales no-garantizados. Residentes e instituciones de Puerto Rico constituyen el 56% de los acreedores del BGF.

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