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Gobernador firma enmiendas al Código Penal

Entre las enmiendas aprobadas se destaca el aumento en la pena de ocho a 15 años de cárcel por la apropiación ilegal de fondos públicos que la pasada administración había reducido en 2014.

El gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó hoy las  enmiendas al Código Penal.

Entre las enmiendas aprobadas se destaca el aumento en la pena de ocho a 15 años de cárcel por la apropiación ilegal de fondos públicos que la pasada administración había reducido en 2014.

Asimismo, se establece que será delito menos grave el uso de un disfraz mientras se altera o interviene en las actividades ordinarias en una instalación pública educativa, en una instalación de salud o en el interior de edificios de gobierno.

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Además, se establece que si mientras se utiliza un disfraz se comete o intenta cometer un delito, el uso del disfraz se convertirá convertirá el hecho en un delito grave con pena de tres años.

Igualmente, se restituye como delito grave con pena de tres años la obstrucción o paralización de obras de construcción con los permisos necesarios, lo que incluye impedir la entrada o el acceso u ocupar los terrenos.

También, se restablece como delito menos grave la obstrucción de acceso o de labores en instituciones de enseñanza y de salud o edificios donde se ofrecen servicios al público.

Otro de los cambios que se convierten en ley es establecer como delito menos grave, con pena de un año, interrumpir o impedir una reunión oficial realizada, convocada o a cargo de una entidad u organismo gubernamental, ya sea del Poder Ejecutivo, Legislativo o Judicial.

A su vez, se transforma en delito menos grave que una persona intencionalmente obstruya o impida permanente o temporalmente el acceso o uso o disfrute de cualquier actividad turística.

Se aumenta, además, la pena de seis meses a un año a toda persona que pegue, fije, imprima o pinte sobre propiedad pública, excepto en postes y columnas.

Igualmente, se convierte en delito menos grave con pena de un año que una persona incite o promueva el uso de fuerza, violencia o intimidación para que se cometa delito contra la persona o propiedad.

La persona incurrirá en delito grave con pena de reclusión de tres años si como resultado directo de la incitación se comete un delito grave.

Los cambios aumentan de 25 años a 35 años el término que tendrá que esperar una persona acusada de un delito que conlleve una pena de 99 años de reclusión, para ser elegible a la Junta de Libertad Bajo Palabra y de cinco a diez años el periodo que podrá tomarse en consideración para alegar reincidencia por convicciones previas.

En tanto, el delito de escalamiento se convierte de uno menos grave con pena de seis meses a uno grave con pena de tres años.

Las enmiendas fueron presentadas ante la Asamblea Legislativa el pasado febrero junto a un paquete de medidas sobre seguridad pública que incluía la creación del Departamento de Seguridad Pública y enmiendas a las Reglas de Procedimiento Criminal que sigue trabajando el Senado.

“Las enmiendas al Código Penal que firmo hoy darán más fuerza al gobierno para combatir el crimen. Estas medidas son parte esencial del compromiso de nuestra Administración con la seguridad del Pueblo, según se contempla en el Plan para Puerto Rico”, enfatizó el primer mandatario.

Agregó que “las estadísticas de la Policía reflejan una reducción de casi 11% en los Delitos Tipo I y siete asesinatos menos, si comparamos lo que va del año con la misma fecha en el 2016. Falta mucho por hacer y esta medida es un instrumento adicional como lo fue el acuerdo con las autoridades federales que firmamos en febrero de este año”.

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