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Sucursales Morgan Stanley incluidos en deudores morosos por Gobierno de Puerto Rico

Hacienda publica lista de empresas morosas by Anonymous DTdiS8

San Juan, 19 junio (EFEUSA).- Dos sucursales de la entidad financiera estadounidense Morgan Stanley encabezan una nueva lista de 21 deudores morosos con deudas contributivas divulgada hoy por el Departamento de Hacienda de Puerto Rico.

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Según detalló hoy en un comunicado de prensa el secretario de Hacienda, Juan Zaragoza, las empresas Morgan Stanley 401K ESOP ESPP y Morgan Stanley Smith/Barney Holdings LLC figuran entre esa nueva veintena de morosos que le deben al Gobierno local sobre 3,4 millones de dólares.

“Aquellos contribuyentes con deudas contributivas que se consideren morosas, Hacienda tiene la responsabilidad de realizar gestiones de cobro”, expresó Zaragoza.

El titular explicó que previo a la publicación de la lista, Hacienda envía a los contribuyentes la Notificación de Intención de Publicación en donde se detallaba la deuda contributiva en mora desglosada por principal, intereses, recargos, penalidades y multas.

Otras empresas aparecen en el nuevo listado de deudores morosos como un par de restaurantes, compañías de tecnología, de servicios de seguridad y aire acondicionado y una imprenta.
Hasta el momento, 81 contribuyentes han sido incluidos en la lista para un total de más de 67 millones de dólares en deudas contributivas.

En la lista aparece la identidad del deudor, el nombre comercial de las sociedades, el monto total de lo adeudado, el tipo de deuda y la dirección de la empresa.

El comunicado aclara que Hacienda considera una deuda contributiva a aquella que tenga 90 días o más de retraso, pero menos de diez años de haber sido tasada.

Las empresas tienen hasta 30 días para realizar el pago total o llegar a un acuerdo sobre un plan de pago, ya que de lo contrario a partir de 60 días se incluirá en la lista de deudores morosos.

Para ser eliminado de la lista, el contribuyente deberá presentar evidencia de haber saldado la deuda y del acuerdo de un plan de pago, o demostrar que puede acogerse a alguna excepción establecida o que la deuda no procede.

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